28 noviembre, 2024
Secretario coordinador de Energía y Minería, Daniel González, Gas, Petróleo, Libre exportación
El artículo 6 del capítulo de Energía señala que no habrá más limitaciones en el comercio por parte del Estado. Se espera que en breve se finalice la reglamentación, inaugurando una nueva etapa para las ventas al exterior del país.
El secretario coordinador de Minería y Energía, Daniel González, participó del evento “El futuro de la Energía en la Argentina” que realizó Cippec el ultimo martes. Allí, el funcionario adelantó que la reglamentación del capítulo de energía de la Ley Bases permitirá la libre exportación de petróleo y gas natural.
Según la normativa, las empresas no tendrán limitaciones del Estado para comercializar hidrocarburos en el exterior. El objetivo de la modificación es atraer inversiones privadas y eliminar restricciones que limitaban el acceso al mercado externo.
En los próximos días se publicará el detalle de los criterios que permitirán la libre exportación de hidrocarburos.
“Básicamente lo que estamos teniendo es un Estado que casi se ata las manos, que se corre del intervencionismo que hemos visto durante tantos años. El Gobierno deja de decirle al privado a quién le tiene que vender, si puede exportar, o cuánto. Es un proceso, por supuesto”, argumentó González.
Ahora, resta que el gobierno aclare cuáles serían los criterios para una eventual objeción, ante posibles crisis internacionales de suministro y/o precios. En principio, la idea del Ejecutivo es pasar de un mercado que tuvo en las décadas anteriores como prioridad el “autoabastecimiento” a uno que maximice la renta de los negocios.
Vale recordar que, tras varias semanas de negociaciones, el gobierno logró sancionar la Ley Bases en el Congreso. En ella, se incluyeron varios cambios sobre la Ley de Hidrocarburos, estableciendo la libre exportación de petróleo y gas, “sujeta a la no objeción de la Secretaría de Energía”.
En los próximos días se publicará el detalle de los criterios que permitirán la libre exportación de hidrocarburos. La expectativa está puesta en que el marco normativo sea flexible, eliminando barreras para los exportadores y asegurando previsibilidad para el sector.
Secretario coordinador de Energía y Minería, Daniel González, Gas, Petróleo, Libre exportación
González participó del evento “El futuro de la Energía en la Argentina” que realizó Cippec.
“Nosotros creemos firmemente que el libre mercado, el respeto a la propiedad privada, es el mejor incentivo para la inversión en infraestructura que todos dicen que necesitamos”, agregó González durante su intervención. Por último, el funcionario aseguró que se espera que entren “montones” de proyectos nuevos al RIGI.
La Ley Bases 27.742, publicada el pasado 8 de julio, ha traído consigo dos modificaciones significativas para la industria de los hidrocarburos en Argentina. El Artículo 105 de la nueva normativa sustituye el artículo 6° de la Ley 17.319 y redefine el dominio de los hidrocarburos extraídos.
Ahora, los permisionarios y concesionarios tendrán total control sobre los recursos que obtienen, con la libertad de transportarlos, comercializarlos, industrializarlos y vender sus derivados. Este cambio busca otorgar mayor autonomía a las empresas del sector, eliminando la intervención del Poder
Además, se establece la posibilidad de exportar hidrocarburos y sus derivados sin restricciones, aunque este derecho estará sujeto a la no objeción por parte de la Secretaría de Energía. La objeción solo podrá basarse en motivos técnicos o económicos que afecten la seguridad del suministro, y deberá emitirse en un plazo máximo de 30 días. De no cumplirse este requisito, las empresas tendrán vía libre para continuar con sus exportaciones.
Por otro lado, el Artículo 106 introduce una actualización al artículo 7° de la Ley 17.319, garantizando la libertad del comercio internacional de hidrocarburos. El Poder Ejecutivo se encargará de establecer un régimen que regule las importaciones y exportaciones, asegurando que «estas actividades estén alineadas con los objetivos estratégicos enunciados en la normativa vigente».