2 julio, 2025
Un día después de haber presentado una denuncia por injurias contra la periodista Julia Mengolini, el presidente Javier Milei decidió realizar dos nuevas presentaciones judiciales ahora contra Jorge Rial, Fabián Doman, Mauro Federico y Nicolás Lantos, en las que acusó por el mismo delito.
Hasta ahora viene perdiendo todas, y la Justicia fue desestimando las causas. Qué dice la legislación vigente y como ampararse de los embates políticos
Una denuncia engloba a los tres primeros periodistas, quienes trabajan en el canal de streaming Carnaval, y recayó en el Juzgado Criminal y Correccional Federal número 10. La otra denuncia, contra Lantos, quien escribe en el portal El Destape, la tramitará el Juzgado número 9 y en este caso, además del delito de «injurias», incluye los de «calumnias» y «falsa imputación». El mes pasado también denunció a tres periodistas: Pagni, Lijalad y Canosa.
Al Presidente no le gusta que se dude de casi nada respecto a su persona, un verdadero problema en un país democrático donde la libertad de expresión es uno de los pilares fundamentales y de los pocos que le quedan a la ciudadanía.
Milei parece renegar de la permanente y salubre inquisición pública a la que es sometido como portador de su rol de primer mandatario. Precisamente por no conocer bien a la persona detrás del personaje, a este y muchos países han cometido errores garrafales con los administradores de lo público.
En la denuncia, la defensa de Milei sostuvo que los periodistas realizaron diferentes manifestaciones referidas a su persona, «entre las cuales se destacan las siguientes: ‘¿Garcha Milei? Para mí es parte de la salud mental de un mandatario’ (Mauro Federico) y ‘Para mí es importante saber si la mujer de Macrón le metió un sopapo (…) Para mí no es menor si Donald Trump tiene una pareja real (…) Hace a la política, hace al esquema de poder’ (Fabián Doman)».
Por su parte, Doman se hizo eco de la denuncia de Milei en su contra y escribió en su cuenta de X: «No me mueve el enojo ni la provocación. Trabajo de periodista. No sé qué dije que le molestó al Presidente, pero sí sé que lo hago con respeto, con datos y con honestidad intelectual. Eso es lo que intento hacer siempre: periodismo».
El día anterior, Milei había presentado una acción judicial contra Mengolini por sus dichos en televisión, radio y redes sociales acerca de que el Presidente daba la impresión de estar enamorado de su hermana y secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, y de vivir con perros.
Dos meses antes, el jefe de Estado también había denunciado a los periodistas Carlos Pagni, Ari Lijalad y Viviana Canosa.
Según el Presidente, Pagni le atribuyó “haber realizado las mismas conductas que llevadas a cabo (SIC) por el dictador nazi Adolf Hitler para llegar al poder”, algo que el periodista nunca hizo.
En Mayo, Milei denunció al periodista de El Destape por escribir en una nota titulada «Milei, entre el odio a la información y el discurso nazi».
A Viviana Canosa la demandó por haberlo llamado «autoritario» y «déspota».
En estos últimos casos, la Justicia desestimó la denuncia por considerar que los dichos de los periodistas “están amparados por el derecho a la libertad de prensa y no constituyen delitos”, decisión que fue apelada.
En 2009 se reformó el Código Penal para despenalizar los delitos de calumnias e injurias en casos de “interés público”. Aquella reforma fue una adecuación de la legislación interna a los tratados internacionales a los que la Argentina suscribe constitucionalmente, que le fue ordenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a partir de lo resuelto en el “caso Kimel”.
En 2008, tras ordenar al Estado argentino a indemnizar al periodista Eduardo Kimel y realizar un acto público de reconocimiento de la responsabilidad estatal en ese caso, la Corte Interamericana resolvió: “El Estado debe adecuar en un plazo razonable su derecho interno a la CIDH, de tal forma que las imprecisiones reconocidas por el Estado se corrijan para satisfacer los requerimientos de seguridad jurídica y, consecuentemente, no afecten el ejercicio del derecho a la libertad de expresión”.
La ley votada en 2009 eliminó la pena de prisión en casos de calumnias e injurias (aún persisten las multas económicas) y agregó el apartado sobre los “asuntos de interés público o las que no sean asertivas”.
En el delito de calumnia, los cambios más importantes fueron la exclusión del honor de las personas jurídicas y la exclusión como delitos de las expresiones no asertivas (juicios de valor). Respecto al delito de injurias, se eximió de responsabilidad a quien reproduzca información (en tanto ésta sea fiel y debidamente atribuida a la fuente) y al que se retractase públicamente sin asumir culpa.