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20 abril, 2022

Ley de Lemas en Chubut: los riesgos del abismo entre la teoría y la práctica

Parte de la dirigencia chubutense comenzó a tantear la posible utilización de la Ley de Lemas para las próximas elecciones provinciales. Los pro y contra que expone la experiencia

Por Daniel Gómez Losano*

Ley de Lemas en Chubut: los riesgos del abismo entre la teoría y la práctica

La ley de lemas es un sistema electoral en el que participan los partidos políticos y/o frentes electorales (Lemas) y que a su vez pueden presentar diferentes candidatos para un mismo cargo (sub lemas). El sistema permite que los partidos o frentes compitan electoralmente, como hasta ahora, pero que además en cada uno de esos partidos o frentes compitan también las diferentes líneas internas entre sí.

El elector participa así de la contienda entre las fuerzas políticas y también de la elección interna dentro de cada una de esas fuerzas. El sistema recibe también el nombre de “Doble Voto Simultáneo” porque en un mismo acto electoral se vota por el partido o frente y por el candidato de ese partido o frente.

El voto es acumulativo por lo que quien vote a un sub lema determinado está votando también por el lema que lo contiene. El lema ganador será el que mayor cantidad de votos obtenga por sumatoria de los sub lemas. El candidato ganador será el más votado del lema que triunfó.

El sistema permite que cada una de las fuerzas políticas (partidos y/o frentes) presenten varios candidatos para ocupar un mismo cargo. Cada uno de esos candidatos formará un sub lema. Los votos obtenidos por cada sublema se suman y el partido o frente ganador será el que mas votos haya obtenido. Asimismo, el candidato ganador es el que haya obtenido mayor cantidad de votos dentro de ese lema.

Veamos un ejemplo simple:

Lema A
Sub lema 1 10.000 votos
Sub lema 2 12.000 votos
Total Lema A 22.000 votos

Lema B
Sub lema 1 11.000 votos
Sub lema 2 4.000 votos Total Lema B 15.000 votos

En el ejemplo de arriba compiten dos lemas (A y B) y con dos sublemas cada uno (1 y 2). El lema ganador es el A (22.000 votos) y el candidato ganador es el del sublema 2) que obtuvo la mayor cantidad de votos del lema.

La ley de lemas reemplaza a las PASO y permite que el ciudadano elija en un solo acto a su candidato preferido y a la fuerza política ganadora. El sistema, bien utilizado, permitiría salvar la coyuntura de una provincia en crisis, en la que la falta de representatividad juega un papel fundamental y en la que las avivadas de los dirigentes contribuyen y mucho al descreimiento de la política en general y del sistema democrático en particular.

Beneficiaría a Chubut la ley de lemas? Cuanto y como?

 

El marco teórico indicaría que sí. Existen en realidad dos frentes políticos – electorales: El Frente de Todos y El Frente Cambiemos. En el primero aparecen dos candidatos ya lanzados a gobernador: Luque y Sastre. En el segundo: Torres y Biss. La Ley de Lemas permitiría que cada ciudadano elija entre los candidatos de una y otra fuerza que a su vez resultan coincidentes con partidos políticos definidos.

Así, en el primer caso se enfrentaría el PJ con el chusoto residual y en el segundo el Pro con la UCR. El candidato más votado del lema ganador será el gobernador y el mas votado del lema perdedor el líder de la oposición.

Pero en la práctica la cosa se desvirtúa.

En principio porque ni las fuerzas políticas ni sus candidatos se definen ideológicamente para evitar la fuga de votos de los desprevenidos. Los frentes políticos tampoco están organizados de modo tal que permitan aprobar una plataforma electoral a la que los candidatos deban sujetarse. La oferta electoral abunda en personalismos y no en programas de gobierno pre establecidos. La propaganda electoral se centra mayormente en las bondades o maldades de los candidatos y/o de sus antecedentes que en lo que piensan hacer cuando lleguen al gobierno.

Además, el electorado está tan descreído de la política que en muchos casos decide su voto por el aprecio que le genere el candidato sin importarle la fuerza política a la que pertenece.

Estas indefiniciones ideológicas y programáticas pueden generar un gran desconcierto en el electorado. Si la oferta electoral solamente se funda en personalismos, la persona que vote por un candidato que pierda dentro del lema puede tener mas simpatía con algún candidato del otro lema que del sublema ganador dentro de la fuerza política que votó. De este modo, el sistema de lemas genera mayor crisis de representatividad que la actual PASO y elección general posterior.

Por otra parte, si no se establecen porcentajes altos de avales para la formación de sublemas, proliferará una gran cantidad de “sublemitas” con muy pocas chances de victoria pero con una importante capacidad de daño. Basta conocer las avivadas de los dirigentes para imaginar la conformación de sublemitas sin chance, para denostar a los rivales del Lema en los territorios que no le son propios y disminuir el caudal electoral del opositor. Además, la propaganda electoral será tan grande y dispersa que el votante entrará en confusión a causa de la multiplicidad de candidatos.

Si a esto le sumamos que junto con el cargo a gobernador se votan también por ley de lemas a los diputados provinciales, que ingresan por un sistema de proporcionalidad que debe ser establecido, podrían entonces formarse varias listas de diputados que adhieran a uno de los tantos candidatos, atomizando la oferta electoral hasta el ridículo y con ello mayor descreimiento en el sistema democrático.

Para terminar, antes de la reforma política de las PASO, 12 provincias, Chubut entre ellas, instauraron el sistema de Lemas en las elecciones. La Corte Suprema de Justicia juzgó en varias oportunidades acerca de la constitucionalidad del sistema aunque no de su conveniencia política por no ser su ámbito de juzgamiento. El sistema de lemas no ofrece reproche jurídico pero sí político y social. Salvo excepciones, las provincias que lo impusieron lo terminaron derogando rápidamente. Chubut no fue la excepción.

Para que la ley de lemas sea útil, verdaderamente útil para obtener mejor representación institucional, es menester un acuerdo de la totalidad de las fuerzas políticas con representación parlamentaria. Este acuerdo es indispensable tanto sea por la mayoría especial que se requiere (3/4 partes) como por la aceptación social que el cambio de modalidad electoral impone. Además este acuerdo debe contener las pautas para evitar las desviaciones señaladas arriba.

Pero como en nuestra Provincia no resultan fáciles los acuerdos de esta naturaleza, la Ley de Lemas amenaza con convertirse en otro fracaso electoral más, como el ocurrido en la elección del año 1991, en el que por única vez se votó en Chubut por ley de lemas y donde el Peronismo se desgastó en una interna feroz que dio como resultado el triunfo del Radicalismo.

 

*abogado, referente político de Puerto Madryn