Velasco, esta mañana, sostuvo que los pedidos de sobreseimiento se deben rechazar. Explicó que todavía hay prueba pendiente que se está realizando -dos peritajes que están en el cuerpo de peritos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y un pedido de informes a la municipalidad de Río Gallegos que hace dos años no contesta- y que todo eso se debe analizar en un juicio oral.
Agregó que los planteos de sobreseimiento violan el derecho de la Fiscalía, como representante de la sociedad, a analizar todo en un proceso oral sobre un hecho grave de corrupción.
También señaló que un planteo similar ya fue resuelto por el TOF 5 y que actualmente se encuentra apelado en la Corte Suprema.
La Fiscalía citó en sus argumentos el fallo “Blaquier” del máximo tribunal en el que sostuvo que la Cámara Federal de Casación no puede analizar prueba si el juicio no se realizó. Velasco agregó que si Casación no puede hacerlo, tampoco un Tribunal Oral que es una instancia inferior.
Así, el fiscal planteó que los pedidos de sobreseimiento de Cristina Kirchner y el resto de los acusados se deben rechazar y avanzar al juicio oral. Sobre eso, Velasco le solicitó al TOF 5 que le ponga un plazo a los peritos de la Corte Suprema para finalizar los peritajes y que cuando estén terminados fije fecha para iniciar el juicio oral.
Pedido de juicio oral
Ahora deben resolver los jueces del TOF 5, Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Adrián Grünberg. Sin embargo, a fin de mes Grünberg dejará el tribunal porque se le termina su subrogancia. Los magistrados deberán decidir si tratarán los pedidos antes de que termine noviembre o si la resolución llegará a partir de diciembre con el nuevo juez que se integre a Palliotti y Obligado.
La decisión que tome el tribunal puede ser apelada a la Cámara Federal de Casación Penal y luego a la Corte Suprema de Justicia. Cuando el caso llegue a Casación intervendrá la Sala I. Es la misma que en abril pasado sobreseyó a Cristina Kirchner en la causa de dólar futuro.
Las causas de Cristina en la Justicia
Cristina Kirchner fue enviada a juicio oral en cinco causas después que dejó en 2015 la Presidencia de la Nación.
- En Dólar Futuro y en la firma del Memorándum de entendimiento con Irán fue sobreseída.
- En el expediente por las presuntas irregularidades en las obras públicas que Báez recibió para la provincia de Santa Cruz está siendo juzgada desde mayo de 2019.
- En Los Sauces-Hotesur busca ahora su sobreseimiento.
- El quinto expediente, el llamado de “los Cuadernos de la Corrupción”, está a la espera de a definición de qué prueba se analizará que se fije de la fecha de inicio del juicio.
Esta es la segunda vez que el fiscal Velasco dictamina sobre un pedido de sobreseimiento de Cristina Kirchner. Lo había hecho en la causa de dólar futuro en la que también pidió que el pedido sea rechazado.
A su vez, los jueces Grünberg y Obligado resolvieron causas de la vicepresidenta. Grünberg votó por el sobreseimiento de Cristina Kirchner en la causa de dólar futuro y Obligado hizo lo propio en la firma del memorándum con Irán.
Rechazaron el juicio político contra uno de los jueces
El Consejo de la Magistratura ratificó este miércoles al juez Daniel Obligado en el Tribunal Oral Federal número cinco, que deberá fijar fecha para el juicio oral y público contra la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, por las causas Los Sauces y Hotesur.
La abogada Silvina Martínez, habitual denunciante en Comodoro Py, había pedido el juicio político de Obligado por considerar que beneficiaba a la ex presidenta y demoraba injustificadamente la convocatoria al debate oral.
En ese contexto, atribuyó a Obligado “demoras en la tramitación y falta de impulso de oficio de las causas, que de continuar, derivarían en perjuicios para el progreso de las investigaciones».
El Plenario del Consejo desestimó el pedido de juicio político argumentando que “no se observan hechos que sustenten o puedan poner en duda la rectitud de la intervención del magistrado denunciado”.
“La imparcialidad del juez Obligado no se encontró afectada y tampoco se generó una situación que mereciera una apreciación particular, pues tal verificación hubiese resultado suficiente para que la instancia superior apartase al magistrado”, concluyó el Consejo.