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14 agosto, 2025

Homicidio de José Crettón en El Maitén: Confirmaron prisión perpetua para Napal y Peinipil

La Cámara Penal de Esquel atendió los agravios presentados por la defensa y confirmó la declaración de responsabilidad penal de Napal y Peinipil por el crimen de José Crettón. Los magistrados se apartaron de la decisión respecto de la declaración de reincidente de Napal.

El pasado lunes 11 de agosto se cumplieron 3 años de la desaparición y crimen de José Crettón en El Maitén. Ahora la Fiscalía logró la confirmación de la condena a los coautores de su crimen a pesar de que su cuerpo nunca apareció.  La defensa había planteado sin éxito ante la Cámara, una supuesta contaminación del jurado por información sobre los antecedentes de los acusados, la insuficiencia probatoria para justificar el veredicto de culpabilidad, la violación al principio de congruencia y la nulidad del juicio. ​Todos estos argumentos fueron desechados por el tribunal revisor.

Los camaristas evaluaron si la incorporación de antecedentes y conductas previas de los acusados contaminó al jurado y concluyeron que no los contaminó. La evidencia fue pertinente para probar el contexto de violencia de género y el móvil del homicidio transversal. Destacaron que la defensa no objetó la admisibilidad de la prueba en la etapa preliminar ni durante el juicio y que tampoco probó que esta prueba hubiera causado un perjuicio indebido en el jurado. ​

Respecto de la fuerza de la prueba destacaron que la confesión de Peinipil, los testimonios de testigos, las escuchas telefónicas y los elementos encontrados (arma, cuchillo, balanza) fueron contundentes para probar el aberrante hecho.

El punto en el que tomaron distancia de la sentencia fue respecto de la declaración de reincidencia. Entendieron que los informes del Registro Nacional de Reincidencia no fueron incorporados correctamente al debate, el fiscal oralizó los antecedentes pero se incorporaron por lectura, solo a este respecto ordenaron su remisión para realizar una nueva audiencia de cesura. La pena de prisión perpetua fue confirmada.

El juicio y la condena

En marzo de 2025 un jurado popular encontró a Daniel Napal culpable del delito de homicidio agravado transversal y a Carlos Peinipil culpable del delito de homicidio agravado por precio o promesa remuneratoria. Para ambos agravantes del homicidio, el Código Penal prevé la pena de prisión perpetua.

Napal fue acusado y encontrado culpable de haber matado a José Crettón, pero su motivación no era simplemente quitarle la vida a alguien. Napal buscó causar sufrimiento y dolor a su ex pareja. “El autor dirige su acción contra un tercero inocente, con el propósito de afectar emocionalmente a la otra persona. La eliminación de este tercero se convierte en un medio para lograr ese sufrimiento”, cita la sentencia. “El homicidio transversal implica una actitud vengativa. El autor busca infligir el máximo sufrimiento posible a su pareja o expareja.” Jorge Novarino explicó que “la víctima del homicidio es inocente en la disputa entre las dos personas. Su vida se convierte en un instrumento para causar dolor a la otra parte”. Este tipo de homicidios se relacionan directamente con la dinámica de una relación de pareja, ya sea actual o pasada, en un contexto de violencia de género.

Contexto de violencia de género

Cuando se habla de contexto de violencia de género, se hace referencia a situaciones en las que el hombre maltratador suele amenazar a la mujer, incomunicarla y/o aislarla de su entorno familiar, de amistades y social. Hostigarla, someterla y decidir sobre su vida o impedirle la libertad de conducir su propia vida.

La sentencia dejó plasmado el sentido que debe darse, de acuerdo a la legislación vigente, contemplándose que debido a las consecuencias psicológicas que provoca el maltrato en las mujeres, muchas permanecen en la relación a pesar de los repetidos episodios de violencia, por extremos que puedan ser.

La violencia contra la mujer puede ser física, sexual, psicológica, verbal, económica y puede ser acreditada, mediante cualquier medio de prueba. El jurado popular, a partir de la prueba llevada por la Fiscalía al debate, encontró acreditado ese contexto de violencia de género en la relación de Napal con su ex pareja.

Matar por plata

Por su parte, en relación a Carlos Peinipil, el delito de homicidio fue agravado por haber actuado a partir de la promesa de un pago. “Es decir, en principio el autor no tiene interés ni relación con la víctima, pero se ve atraído y convencido por un interés material que transforma su actuar más repugnante o reprochable para el derecho penal, pues le interesa satisfacer su ambición económica por sobre la vida del atacado”.