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9 agosto, 2020

COVID-19: Habrá ayuda única de $15 mil para familiares de fallecidos

Los familiares de los fallecidos por Coronavirus en condición de vulnerabilidad podrán pedirle a la Anses un beneficio de $15.000 por única vez, de acuerdo al decreto 655/2020 que publicó este sábado el Boletín Oficial.

La ayuda apunta a asistir a las familias con los costos funerarios. Por lo que se abonará al cónyuge o conviviente, o al padre o a la madre o al hijo o a la hija de la persona fallecida «siempre que el o la solicitante denunciare el fallecimiento y acreditare haber sufragado los gastos del sepelio con la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio».

Se trata del Subsidio por Contención Familiar que está vigente desde el año 2006, y que a partir de ahora será ampliado a los familiares de las víctimas del Covid-19, siempre y cuando el fallecido fuera beneficiario de alguno de los planes sociales. Además, mediante el decreto se actualiza el monto a $15.000 porque había quedado congelado en $6.000 desde su último ajuste en 2015.

En este sentido, el decreto aclara que «se considera beneficiario o beneficiaria a toda persona que al momento de su fallecimiento, hubiera solicitado una prestación jubilatoria o de pensión» del sistema integrado previsional argentino (SIPA) o de las cajas provinciales transferidas a la Nación o por ser veterano de Malvinas, es decir las personas que desde 2006 estaban alcanzadas por este beneficio.

Y también a «las personas que, no siendo beneficiarias de alguna de las prestaciones incluidas en el artículo mencionado, se encontraban desocupadas; o se desempeñaban en la economía informal; o se encontraban inscriptas en las categorías ‘A’ y ‘B’ del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley N° 24.977, sus modificatorias y complementarias; o se encontraban inscriptas en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, establecido por la Ley N° 26.565; o eran trabajadores y trabajadoras declarados y declaradas en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, establecido por la Ley N° 26.844; o eran titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social; o eran titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, o eran los niños, las niñas, los o las adolescentes y/o personas mayores de edad con discapacidad que generaban la misma».