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12 noviembre, 2020

Cannabis: Ya es legal el autocultivo y el uso medicinal en todo el país

La nueva reglamentación de la Ley sobre uso de Cannabis medicinal que impulsó el gobierno nacional implica varios cambios respecto a la anterior regulación ya que amplía su uso, permite el autocultivo, garantiza la provisión para pacientes -gratuita en el caso del Estado-, y autoriza la producción pública y privada a laboratorios del aceite y sus derivados.

Los puntos centrales del decreto N° 883/2020 (publicado hoy en el Boletín Oficial, que deroga el decreto N° 738/2017) son:

– El estado garantizará ahora el autocultivo. Pero el decreto amplía este derecho y permite también el cultivo solidario o bien a través de la utilización de especialidades medicinales en los casos en que exista indicación médica. Este era uno de los mayores reclamos de las organizaciones sociales y una de las diferencias con la reglamentación anterior .

De esta manera, «Ley Nacional de Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados» permitirá impulsar la investigación sobre los usos terapéuticos de la planta, pero también «garantizar el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias, otorgándole al médico un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes».

– Se implementarán medidas para proveer en forma gratuita por parte del Estado derivados de la planta de cannabis para los pacientes que cuenten con indicación médica con cobertura pública exclusiva. En caso contrario, la cobertura deberá brindarla las obras sociales y agentes del seguro de salud.

– Los pacientes podrán acceder al autocultivo mediante la inscripción en el Registro del Programa de Cannabis(Reprocann). Allí también deberán inscribirse los familiares, terceras personas u organizaciones no gubernamentales que quieran realizar un cultivo solidario.

– El objetivo de esta reglamentación, dice el decreto, es que de «manera progresiva» se amplíe «el acceso a un producto seguro y accesible a través de los laboratorios de producción pública y privada».

– El decreto también reconoce el derecho de los pacientes a no ser criminalizados por el uso del cannabis medicinal al destacar que es «absolutamente relevante para una importante cantidad de personas que atraviesan una situación de necesidad que demanda un Estado presente, rector, que los reconozca y no los penalice».

– También establece la «creación del Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales», que funcionará en el Ministerio de Salud de la Nación.

Este programa apunta a la capacitación de los equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil sobre cannabis medicinal y «la atención integral de las personas a las cuales se les indique como modalidad terapéutica, medicinal o paliativa del dolor, el uso de la planta de cannabis y sus derivados».

 
Compra en farmacias

El artículo 7 indica que “los y las pacientes que tuvieren indicación médica para el uso de la planta de Cannabis y sus derivados podrán adquirir especialidades medicinales elaboradas en el país, importar especialidades medicinales debidamente registradas por la autoridad sanitaria o adquirir formulaciones magistrales elaboradas por farmacias autorizadas u otras presentaciones que en el futuro se establezcan”.

 

Coberturas de salud

 

Aquellas personas que no posean cobertura de salud ni obra social, dice el texto, “tienen derecho a acceder en forma gratuita”.

La autoridad sanitaria deberá también promover la ampliación del acceso “a un producto seguro y accesible a través de los laboratorios de producción pública y privada”.

 

Cultivo impulsado desde el Estado

 

El Ministerio de Salud también “creará las condiciones necesarias para garantizar el aprovisionamiento de los insumos necesarios y facilitar la investigación médica y/o científica de la planta de Cannabis y sus derivados”. De esta manera, tanto el Inta como el Conicet quedan autorizados para cultivar y el Instituto Nacional de Semillas (Inase) “regulará las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales”.

El texto publicado en el Boletín Oficial sostiene que uno de los objetivos es promover las investigaciones clínicas y aquellas realizadas por “el Conicet, otros organismos de ciencia y técnica, Universidades, organizaciones de la sociedad civil, sociedades científicas, instituciones académicas, nacionales, provinciales y municipales, relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de Cannabis y sus derivados”.

 

*AT