23 noviembre, 2022
Violación grupal en Chubut: confirmaron la absolución de todos los imputados. El Superior Tribunal de Justicia de Chubut convalidó el fallo dictado en marzo y rechazó los recursos de impugnación de la fiscalía y la querella. Se trata del caso en el que se denunció un abuso sexual grupal ocurrido en la villa balnearia en 2012 y que resonó en todo el país.
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó este martes las impugnaciones extraordinarias planteadas por el Ministerio Público Fiscal y la querella en la causa de violación en grupo en Playa Unión. De esta manera, confirmó la sentencia absolutoria del tribunal que tuvo a su cargo el juzgamiento de tres jóvenes acusados por el delito ocurrido en la villa balnearia en el año 2012.
La resolución fue por unanimidad y los ministros Camila Lucía Banfi Saavedra, Daniel Esteban Báez y Ricardo Napolitani convalidaron lo actuado por las juezas penales Ana Karina Breckle, Marcela Alejandra Pérez y María Laura Martini.
Uno de los principales argumentos se centró en que la víctima no declaró en el juicio. “La primera cuestión que trataron las juezas fue la decisión de los acusadores de no someter a la víctima a un interrogatorio” indicó la Dra. Banfi y agregó que las juezas del juicio concluyeron que ello implicó un “alto costo procesal, ya que la declaración de la damnificada en casos en los que se investigan delitos sexuales, es primordial”.
Por su parte, el doctor Báez también destacó que las magistradas que integraron el tribunal “pusieron de resalto que todo el juicio se desarrolló sin el relato de la víctima. Expresaron que no se pudo escuchar ni valorar su versión, ni tampoco efectuar el debido contradictorio”.
En la misma línea, Napolitani también sostuvo que “ante el tiempo transcurrido, una víctima amnésica que se decidió que no declarara, dos testigos presenciales que nada aportaron, diversas declaraciones fundadas mayoritariamente en referencias de otras personas, y conclusiones periciales divergentes, las absoluciones dictadas distan de ser arbitrarias”.
*ACJ