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4 agosto, 2021

POR LEY BUSCAN ENCORCETAR LOS PERÍODOS DE LICENCIA ENTRE OCTUBRE Y ABRIL DE CADA AÑO

Vacaciones laborales: Avanza un polémico proyecto que modificaría el régimen

Un proyecto del FDT busca volver más rígido y caro el esquema de las vacaciones. El empleado no podrá tomarse vacaciones en invierno ni fraccionadas. Una más contra las inversiones y la generación de empleo. Además impactaría negativamente en el turismo interno de invierno.

Vacaciones laborales: Avanza un proyecto para multar a las empresas que no las otorguen entre octubre y abril

Las empresas se van del país por la falta de certeza en lo económico, la libertad para contratar y la rigidez en materia laboral, pero pese a esto los legisladores oficialistas son una máquina de emitir leyes que conspiran contra los emprendimientos privados.

Ahora el diputado del Frente de Todos Mariano Recalde, vinculado a través del estudio de abogados familiar a la CGT, presentó un proyecto para volver más rígido y caro el régimen de vacaciones.

 

El diputado del Frente de Todos, Mariano Recalde

 

Según el proyecto, los empresarios sólo podrán otorgar las vacaciones entre octubre y abril, o tendrán una importante sanción económica, al tener que pagar dos veces y media más por el plus vacacional.

«Merece cuestionamiento la base de cálculo de vacaciones propuesta, al fijar un plus vacional de dos veces y media si no se cumplió el otorgamiento entre abril y octubre», remarcó Enrique Stile, del estudio Marval, O’Farrell & Marial.

«Se trata de una modificación carente de toda lógica jurídica y que desvirtúa la naturaleza del instituto de las vacaciones. Las vacaciones poseen un fin y espíritu higiénico y están destinadas al descanso», precisó Stile.

«Si el empleado termina por gozar de sus vacaciones, no hay razón alguna para sancionar al empleador con un pago superior al establecido por la norma, ni reparar un daño que en definitiva no es tal», agregó Stile.

«Las vacaciones no son compensables en dinero, y eso deriva de la lógica misma de su naturaleza: se trata de un descanso y no de un derecho a percibir una determinada suma de dinero», recordó Stile.

«Este fin es irremplazable, y no hay argumento jurídico alguno para entender necesario incrementar el salario por vacaciones. Luce entonces como una cuestión ideológica más que normativa», opinó el experto.

 

 

Las consecuencias para el empleo

 

«Para poder crecer, las empresas necesitan que se flexibilice toda la legislación laboral y previsional», afirmó Guillermo Pérez, CEO del Grupo GNP, y agregó que «así las compañías querrán cada vez menos tomar un empleado nuevo, porque es un problema nuevo».

La medida «generará especulaciones cuando el empleador otorgue licencias flexibles a pedido de empleados que quieren pasar más tiempo con sus hijos en las vacaciones de invierno o viajar a lugares donde es más barato ir fuera de temporada», consideró José Zabala, del estudio Adrogué, Marqués, Zabala & Asoc.

«Puede darse lugar a una litigiosidad que hoy no existe respecto del rubro de vacaciones», advirtió Zabala.

«En caso de cualquier omisión de las previstas en el proyecto, los empleadores podrían ser penalizados no sólo con el agravamiento del pago del salario, sino con las multas previstas por el Pacto Federal del Trabajo en caso de denuncias por parte de los trabajadores o de inspecciones», añadió Analía Saitta, socia de Servicios de Payroll y Seguridad Social en KPMG Argentina

Y Lucas Tamagno, del estudio Allende & Brea, añadió que «lo que el diputado Recalde propone escapa al fin de que el empleado pueda gozar de vacaciones sin menoscabo económico».

El proyecto «intenta generar una sanción más de las tantas que ya tienen hoy los empleadores, que son quienes hoy deberían ser asistidos por el Estado con mejoras para poder generar trabajo genuino», recordó Tamagno.

«Claramente son medidas que terminan afectando la generación de empleo y espantan a quien tiene intenciones de instalarse comercial o industrialmente», concluyó Tamagno.

 

Cómo es hoy la ley sobre vacaciones

 

Carolina Piatti, del estudio Bruchou, Fernández Madero & Lombardi, explicó que la redacción actual de la Ley de Contrato de Trabajo sobre las vacaciones es como sigue:

1. Se prevé el supuesto de que el empleador omita comunicar al empleado la fecha en que gozará de la licencia anual ordinaria «vacaciones.

2. Si vencido el plazo para efectuar la comunicación al trabajador de la fecha de comienzo de sus vacaciones, el empleador no la hubiere practicado, aquél hará uso de ese derecho previa notificación fehaciente, de modo que concluyan antes del 31 de mayo.

Es decir, que el empleador quien posee la facultad de otorgar las vacaciones a los trabajadores, con las siguientes limitaciones, precisó Piatti:

• El período en el que el empleador otorga la licencia anual debe estar comprendido entre los días 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente.

• El empleador debe notificar al trabajador la fecha en la que comenzarán sus vacaciones con una antelación no menor a 45 días.

 

 

Qué debería pasar si no se cumple el plazo

 

Si el empleador no notifica al trabajador el otorgamiento de las vacaciones dentro del período legal, el trabajador está facultado para hacer uso del derecho a la licencia anual ordinaria, ya que de no hacerlo caducará su derecho, indicó Piatti.

En efecto, las vacaciones deben otorgarse durante un período determinado (entre los días 1 de octubre y hasta el 30 de abril del año siguiente).

Por ello, si el empleador no las otorga y el trabajador no las reclama, caduca el derecho a gozar de la licencia anual ordinaria.

Para que no caduquen, el trabajador puede requerir el otorgamiento de las vacaciones al empleador cumpliendo los siguientes requisitos, enumeró Piatti:

• Notificar fehacientemente al empleador la fecha en la que comenzará sus vacaciones.

• Finalizar las vacaciones antes del día 31 de mayo del año siguiente.

Como las vacaciones son una licencia legal, deben sean retribuidas por el empleador, explicó Piatti, y agregó que esa retribución deberá ser satisfecha al inicio del período vacacional.

Para calcular el monto, se utiliza la base de la retribución normal y habitual, y varía si se trata de un empleado mensual o jornalizado, y si percibe remuneraciones variables, precisó Piatti.

Sin embargo, «muchas empresas tienen un régimen flexible de vacaciones, en el que la licencia no se otorga en un período determinado, sino que de común acuerdo entre el empleador y el empleado», comentó Pérez.

En cambio, el proyecto de Recalde «pone un corset y vuelve a obligar a la empresa a otrogarlas en un período determinado», puntualizó Pérez, ya que si no lo hace, le va a costar dos veces y media más el plus vacacional.

«Se llega a relaciones laborales según la ley y no según acuerdos de partes, que es algo que beneficia tanto al empleador como al empleado», aseguró Pérez.

 

 

 

El proyecto Recalde, punto por punto

 

La iniciativa del legislador oficialista tiene las siguientes características, consideró Piatti:

1. Si vencido el plazo para que el empleador efectúe la comunicación al trabajador sobre el comienzo de sus vacaciones, el trabajador podrá hacer uso de ese derecho durante el año calendario previa notificación con una anticipación de 15 días corridos.

2. Además, para el caso en que el empleador no comunique al trabajador la fecha en que comenzará sus vacaciones, aumentará el salario por vacaciones en dos veces y media.

3. El empleador que no abone al empleado el salario por vacaciones al inicio de la licencia, también deberá abonarle dicho salario incrementado dos veces y medio.

Al respecto, Pérez apuntó que «en los usos y costumbres, muchas veces el plus vacacional no se paga al principio de la licencia anual, pero ahora esto será penalizado».

Qué sigue igual y qué cambia

 

El proyecto de Recalde mantiene en relación al régimen actual los siguientes puntos, recalcó Piatti:

• El empleador debe comunicar por escrito al trabajador el período que le acuerda de vacaciones, con una anticipación no menor de 45 días.

• Para el caso de falta de comunicación del empleador, el trabajador puede gozar de la licencia anual ordinaria, notificando en forma previa al primero la fecha en que lo hará.

• Las vacaciones deben ser retribuidas a su inicio.

En cambio, el proyecto modifica los siguientes puntos, alertó Piatti:

1. Si el empleador no comunica el otorgamiento de las vacaciones, establece un plazo mínimo de 15 días al trabajador para notificar en forma fehaciente al primero la fecha en que gozará las vacaciones.

Y puede tomarlas durante el año calendario.

Es decir, de acuerdo al proyecto, el trabajador no debe finalizar las vacaciones antes del día 31 de mayo del año siguiente sino que puede gozarlas durante todo el año calendario. Por lo tanto, se amplía el plazo de caducidad.

«Sin embargo, esta propuesta no faculta a los empleados a fraccionar las vacaciones más allá de lo previsto al respecto por la ley de contrato de trabajo, desaprovechando una oportunidad para adecuar la legislación a los tiempos actuales, dónde dependiendo de la actividad, no necesariamente el período legislado es el más adecuado», advirtió Saitta, de KPMG Argentina.

2. Incorpora una sanción económica para el empleador consistente en aumentar dos veces y medio el salario por vacaciones.

En los siguientes supuestos, el empleador deberá abonar un monto mayor en concepto de salario de vacaciones, concretó la experta:

• No comunica por escrito al trabajador el período en gozará de sus vacaciones con una anticipación no menor de 45 días.

• No abona la retribución por vacaciones al inicio de éstas, en ambos casos deberá abonar un monto mayor en concepto de salario de vacaciones.

Piatti opinó al respecto que «el proyecto de ley modificaría la facultad del organización y dirección del empleador previstas en los artícultos 64 y 65 de la Ley de Contrato de Trabajo, y aumentaría el costo económico empresario».

 

*iP, Parlamentario