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8 agosto, 2023

UOCRA petroleros obtuvo aumento de 27,5% a cambio de cláusula para mantener la paz social

La UOCRA rama petrolera cobrará una gratificación de 27,5% en cuotas, de julio de 2023 a abril de 2024, llevando el básico máximo a $999,5 por hora

En el sector petrolero, uno de los gremios más conflictivos es el de trabajadores de la construcción que realizan trabajos auxiliares en las zonas de exploración y extracción de crudo y gas, con frecuentes paros y tomas de pozos. En este marco, el sindicato Unión Obrera de la Construcción (UOCRA), rama petrolera, logró la homologación del adelanto de una suma fija de 27,5%.

 

En qué consiste el nuevo agregado a la paritaria de petroleros de la UOCRA

El acuerdo para la rama petrolera que ahora homologó el Ministerio de Trabajo se celebró el pasado 28 de julio entre la UOCRA, la Cámara Argentina de la Construcción (COMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC).

La paritaria es aclaratoria del convenio del 22 de junio y establece el adelanto del pago de la gratificación extraordinaria no remunerativa establecida en el 27,5%, para la rama PETROLERA de la UOCRA CCT 545/08.

Esta gratificación se pagará en los meses de julio 2023 a abril 2024 a bajo la denominación «SRN Acta MTEySS de Julio 2023».

Además, las mencionadas sumas deberán tenerse en cuenta para el pago de las cuotas del aguinaldo.

 

Cómo quedan las escalas de los obreros de la construcción petroleros

La suma fija de 27,5% llevará en total, a abril 2024, los básicos a $999,50 por hora, con un adicional por zona desfavorable que va de $169,8 a $999,50, según la provincia.

En tanto, los salarios básicos serán de $181.946,32 para empleados mensualizados (sereno), con adicionales de zona desfavorable de $30.931,19 a $181.946,32, depende de la localización de los pozos.

*iP

Cómo se pagará la suma no remunerativa

El Acta Acuerdo aclara que, por el período julio a septiembre de 2023, se pagará en 3 cuotas de 10% las dos primeras y 7,5%, la de septiembre, totalizando un 27,5%, y se calcularán con base en el salario de abril de 2023.

A partir de octubre, esa cifra pasará a ser remunerativa, al tiempo que seguirá calculándose sobre la misma base y de manera no acumulativa.

De octubre a diciembre, volverá a regir una segunda cifra no remunerativa de 27,5% en tres cuotas, también de 10% en octubre y noviembre, y 7,5% en diciembre, la que seguirá calculándose sobre la base del salario de abril 2023.

Para aplicar el porcentaje de 27,5%, se sumarán los conceptos remunerativos y no remunerativos; convencionales y no convencionales; normales, habituales, viandas y ayudas alimentarias. Se excluyen lo que esté sujeto a facturación, ayuda vivienda y ayuda vehículo.

En el acta, tanto los obreros como las cámaras empresarias «solicitan que estas gratificaciones estén exentas del Impuesto a las Ganancias».

Por una parte, las sumas no remunerativas estarán sujetas a aportes sindicales y a la obra social del gremio y, por otro lado, se firmó una cláusula de paz social.

*iP/UOCRA