18 septiembre, 2024
La nueva normativa entrará en vigencia en 60 días, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de este lunes. Apunta a reducir las «trabas burocráticas» en el sector.
En línea con la desregulación para el sector aerocomercial impulsada desde el gobierno, esta semana se dispusieron varios cambios destinados ahora al transporte en camiones. La idea del oficialismo es bajar los tramites administrativos y agilizar el acceso a los permisos necesarios para mover mercadería por las rutas de la Argentina.
Se trata de un esfuerzo para bajar los costos logísticos,. que no han parado de aumentar en lo que va del año.
Las novedades fueron anticipadas por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, desde su cuenta de la red social X. “El decreto 832/24 firmado por el presidente Javier Milei reglamenta la ley 24.653 de transporte de cargas con dos innovaciones centrales”, explicó el funcionario.
“Ninguna autoridad provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá imponer requisitos adicionales a los transportistas que se encuentren bajo este régimen”, detalló el Gobierno.
En primer lugar, se dispuso que el Registro Único del Transporte Automotor (RUTA) solo será obligatorio en vehículos con una capacidad de carga superior a 3.500 kilogramos (antes se requería desde los 700kg). Es decir que los vehículos con volúmenes livianos no necesitarán la certificación.
En esa sintonía, se confirmó que el proceso de inscripción en el RUTA será “electrónico, declarativo, gratuito y no exigirá presencialidad”.
De este modo, los transportistas no se verán obligados a realizar cursos presenciales impartidos desde el Sindicato de Transporte.
“El RUTA es un trámite absurdo, puramente con fines estadísticos, que era caro y engorroso de realizar. Ahora pasa ser un registro digital y gratuito. Era obligatorio para todo transporte con más de 700 kilos de carga, con lo cual un productor no podía mover su propia carga en un vehículo sin someterse a esta burocracia estatal”, afirmó el ministro.
Por último, Sturzenegger anunció que se deja de exigir la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Era el único documento que habilitaba la realización de transporte entre los distritos en el territorio nacional, ya sea de cargas o de pasajeros.
Las supervisiones del cumplimiento de estos requisitos estarán a cargo de la Autoridad de Aplicación o de quien ésta delegue. “Ninguna autoridad provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá imponer requisitos adicionales a los transportistas que se encuentren bajo este régimen”, detalló el gobierno.
«La RUTA es un trámite absurdo, puramente con fines estadísticos, que era caro y engorroso», escribió el minisro de Modernización, Federico Sturzenegger, en su cuenta de la red social X.
Según adelantó Sturzenegger en su posteo, el próximo paso que barajan en el Ejecutivo es eliminar definitivamente el RUTA.
Los cambios entrarán en vigencia dentro de 60 días, luego de su publicación de hoy en el Boletín Oficial.
Para la circulación de vehículos dedicados al transporte interjurisdiccional de cargas, se deberá presentar la Constancia de Inscripción en el RUTA, ya sea en formato digital o físico.
Además, es necesario contar con la Constancia de Realización de la Revisión Técnica Obligatoria, acreditada mediante la oblea correspondiente, que debe estar adherida al parabrisas o en otro lugar determinado por la Autoridad de Aplicación.
También se requiere la Licencia Nacional de Conducir vigente para el tipo de vehículo que se está manejando, así como el Documento de Transporte, Carta de Porte o Guía, en conformidad con la Ley Nº 24.653.
En el caso del transporte internacional, se deberá presentar la documentación determinada por los acuerdos, tratados y convenios pertinentes.
La nueva normativa establece la digitalización del proceso de inscripción en el RUTA.
Adicionalmente, se debe exhibir la Cédula de Identificación del Automotor y la Constancia, ya sea física o digital, de la contratación y vigencia de los seguros obligatorios. Para los vehículos destinados al transporte de cargas peligrosas, es imprescindible presentar la documentación específica exigida por la normativa vigente en la materia.
Por último, si el tránsito requiere un permiso especial de circulación, se deberá presentar el instrumento que acredite la concesión de dicho permiso.