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21 mayo, 2022

Suma simpatías un proyecto para eliminar el Impuesto a las Ganancias en los salarios

Se trata de un proyecto de Ley impulsado por Romina del Plá (PO) que propone la abolición del impuesto al salario o ingresos personales, por cualquier concepto que se perciba en relación de dependencia bajo convenio, tanto estatal como privado.

Suma simpatías un proyecto para eliminar el Impuesto a las Ganancias en los salarios

Desde la banca del Partido Obrero ocupada por Romina del Plá, junto a los diputados del Frente de Izquierda y de los Trabajadores-Unidad, volvieron a presentar un proyecto de ley de abolición del impuesto al salario. El mismo, sostienen desde la izquierda, “fue sistemáticamente cajoneado por parte de los bloques mayoritarios”.

Cabe destacar que a partir de 2022, en Argentina deben pagar el impuesto a las Ganancias los trabajadores que tengan un salario bruto superior a 225.937 pesos. Ese monto surge de la actualización del piso salarial mensual de $150.000 fijado por la ley realizada mediante el índice RIPTE, que alcanzó un 50,62% en diciembre pasado.

En ese marco, los diputados afirmaron: “Inscribimos este planteo de la abolición del impuesto al salario en la lucha por terminar con las imposiciones impositivas del Estado sobre los que trabajan y por impuestos progresivos al capital, a las rentas y patrimonios, en el marco de una reorganización social dirigida por los trabajadores”, señalaron al presentar esta iniciativa.

La misma consta de once artículos, estableciendo el primero que “queda excluido el salario del impuesto a las ganancias o ingresos personales. Esta exclusión comprende la retribución que, por cualquier concepto, perciba un trabajador en relación de dependencia bajo convenio, tanto estatal como privado”. En caso de ser aprobada, esta disposición regiría a partir del presente ejercicio fiscal.

El proyecto excluye del pago de impuesto a las ganancias sobre cualquier tipo de indemnización laboral, como así también libera a la jubilación del impuesto a las ganancias, como así también ingresos personales, con excepción de aquellas funciones que hayan estado eximidas del pago del tributo durante su vida laboral, como los jueces y el personal diplomático.

“Esta exclusión se hace extensiva a los pagos derivados o relacionados con ese concepto, tales como pensiones, retiros y subsidios. Quedan comprendidas también en esta exclusión las retroactividades, reconocidas en sede administrativa o judicial, emergentes de una sentencia de reajuste de haberes previsionales, y los intereses accesorios a dichos créditos”, precisa el artículo de Romina del Plá.

Asimismo se establece que los monotributistas tendrán un mínimo no imponible equiparable al costo de tres canastas familiares.

“El importe previsto como Mínimo No Imponible, cuando se tratase de las ganancias referidas al ejercicio de profesiones liberales u oficios será de tres canastas familiares”, precisa el proyecto que ya comenzó a generar simpatías sociales y abrir aguas a nivel político.

 

*PC