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15 junio, 2021

Precedente: Un municipio comenzó a expropiar tierras «improductivas o en desuso»

Precedente: Un municipio comenzó a expropiar tierras «improductivas o en desuso»

Tras los dichos de Alberto Fernández sobre el uso de «tierras improductivas», el concejo deliberante de Avellaneda sancionó una norma que impone un plazo de 8 años para realizar edificaciones.

La discusión por la política de vivienda, el uso de las tierras y la propiedad privada es un tema que empuja a decisiones políticas complicadas y avances no siempre bien recibidos. Esto quedó expuesto en el municipio de Avellaneda el pasado 12 de junio, cuando el Concejo Deliberante sancionó una ordenanza que posibilita, tras un plazo de 8 años, la expropiación de terrenos considerados baldíos o en desuso.

La norma se aprobó con la mayoría del Frente de Todos en el parlamento del municipio que conduce políticamente el Ministro de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, Jorge Ferraresi, y ante los reclamos de la oposición.

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El texto aprobado crea el Registro Público Municipal de Inmuebles Baldíos, Inmuebles con Edificación Derruida o con Edificación Paralizada. Las tierras situadas dentro del municipio que ingresen en tal registro, tendrán que ser parceladas por sus dueños y demostrar obras en ejecución.

 

 

Cómo sería el proceso para que el municipio expropie tierras

 

El criterio utilizado para seleccionar los terrenos que ingresarían en el Registro surgen del artículo 84 del Decreto Ley 8912/77, sancionado en el año 1977 por el gobierno de facto.

A partir de allí, y tras la notificación a los propietarios, se establece un plazo de 3 años a los propietarios para avanzar en edificaciones comprobables. De hecho, en ese plazo se exige la presentación de un proyecto de construcción. Pasado ese tiempo, la ordenanza estipula 1 año para el inicio de obras y 4 para su finalización.

Sumado todo el período, si en 8 años el dueño de un terreno que ingreso en el registro creado no demostró obras de construcción, el municipio puede considerarlo de utilidad pública sujeto a expropiación.

Esta acción debe ser avalada por la Legislatura de la Provincia y, como prevé la Constitución provincial para el caso de una expropiación, implica una compensación económica a los propietarios.

Por otro lado, la norma sancionada por los concejales del Frente de Todos establece un aumento progresivo de la Tasa de Servicios Generales que los propietarios deberán pagar.

Desde el bloque de Juntos por el Cambio emitieron un comunicado en el que sostienen que la ordenanza vulnera garantías constitucionales, la ley orgánica de municipios y, en definitiva, la propiedad privada de los vecinos del municipio de Avellaneda.

 

*EP