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3 octubre, 2020

Precedente judicial contundente: Los abusos no admiten recursos

El Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Río Negro denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa pública de un hombre que fue condenado a la pena de seis años de prisión como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, que pretendía la revisión del fallo por parte de la Corte Suprema.

La causa se inició cuando el hombre fue denunciado por abuso por la madre de la víctima. Según los detalles que se desprenden de la causa, el condenado, que pertenece al círculo íntimo de la menor, aprovechaba a quedarse a solas con ella, le efectuaba tocamientos por arriba de la ropa y le daba besos en la boca.

La sentencia tomó en cuenta el resultado de la Cámara Gesell, que arrojó que el relato de la niña fue “absolutamente creíble” y, además, los testimonios obtenidos en el debate fueron correctamente valorados por los jueces.

“En virtud de lo expuesto, es dable concluir que no se verifica un perjuicio para la parte recurrente, lo que se suma a la circunstancia de que tampoco demuestra en el recurso la falta de razonabilidad de los parámetros ponderados, entre los que se destacó la reiteración en el tiempo y la especial vulnerabilidad de la víctima debida a su edad y aprovechada por el autor», sostuvieron los miembros del Máximo Tribunal provincial.

En esa línea, los magistrados agregaron que la defensa tampoco pudo acreditar que el monto determinado sea excesivo ni desproporcionado en relación con las constancias del expediente, «las que han sido valoradas mediante una motivación suficiente» en la instancia anterior.

El fallo fue dictado por la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti en noviembre de 2016 y tiempo después el acusado fue detenido con prisión preventiva por incumplimiento de las pautas de conductas.

 

*DJ