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31 julio, 2020

Posponen hasta fin de año ejecuciones por deudas de promoción industrial

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de diciembre próximo, el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con las deudas de empresas incluidas en el Régimen de Promoción Industrial.

De este modo, la AFIP extendió los períodos contemplados para evaluar la variación en la facturación y la existencia de ingresos por un trabajo en relación de dependencia, actualizando además los datos sobre riesgo crediticio utilizados para reflejar las mejoras en la situación de los contribuyentes.

Lo hizo a través de la Resolución General 4780/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que destacó que, «conforme los tiempos insumidos para la emisión de los Certificados de Cumplimiento Promocional, y su posterior evaluación por parte de las distintas áreas intervinientes, corresponde prorrogar la suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con las deudas generadas, hasta tanto concluya la verificación del cumplimiento por parte de las empresas involucradas».

Condonaciones

 

La Ley 27.341 prevé la condonación de las deudas de las empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial, generadas hasta el período fiscal 2015 -cualquiera sea el estado en que las mismas se encuentren-, originadas por el usufructo de una cantidad de bonos de crédito fiscal superior a la originalmente reconocida.

En tanto, mediante la Resolución 6/2017 se aprobó el procedimiento a observar por las empresas beneficiadas por el régimen en trato para solicitar a su favor la emisión del Certificado de Cumplimiento Promocional, el que constituye título suficiente a efectos de tener por acreditada la respectiva condonación.

 

*MEN, Af