22 abril, 2023
Economía estableció como requisito que las exportadoras se comprometan “voluntariamente” a abastecer al mercado interno con langostino, calamar y merluza a “Precios Justos” hasta el 31 de
Pesqueras deberán adherir a “Precios Justos” para exportar con un dólar a 300 pesos
La Secretaría de Comercio dependiente del Ministerio de Economía de la Nación emitió la Resolución N° 466/23 que reglamenta otro de los aspectos para que los exportadores accedan al “dólar agro” a 300 pesos. Estableciéndose los términos de los acuerdos de precios a los que deberán adherir y suscribir los exportadores que fueron alcanzados por el «Programa de Incremento Exportador», entre los que se encuentran los industriales del sector pesquero.
Una de las condiciones es garantizar el abastecimiento de la mercadería que pretende comercializar al exterior, dentro del mercado interno, y a su vez deberá comprometerse firmando la adhesión al programa «Precios Justos» creado por el Ministerio de Economía y que tenía como objetivo frenar la escalada inflacionaria, que el mes pasado trepó a 7,7%, y acumula 104,3% en 12 meses.
La Resolución N° 466 firmada por Matías Tombolini indica que los interesados en acceder al dólar diferencial de $300 deberán «manifestar su voluntad de adherir a la medida dándose el alta en el Administrador de Relaciones de la AFIP, el sistema interactivo del portal de autogestión», cita la reglamentación sobre el mecanismo para inscribirse.
Con posterioridad deberán también informar o acompañar lo requerido a través del Portal de Autogestión sobre Acuerdo de Precios de la Secretaría de Comercio (http://pie.comercio.gob.ar/).
Además, advierte que ese organismo “podrá solicitar” a los interesados toda aquella documentación o información que considere pertinente para la adecuada gestión del Programa “Precios Justos”.
Inscribirse y adherir no alcanza para poder concretar operaciones de exportación con ese dólar diferencial. La burocracia plantea más exigencias. “La carga de la información o documentación referida en el Portal de Autogestión sobre Acuerdo de Precios de la Secretaría de Comercio no implicará la adhesión automática a los términos de la presente medida. En consecuencia, una vez que la información o la documentación sea cargada a dicho portal, la Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno analizará si el sujeto en cuestión cumple con los requisitos que establece la normativa que le resulte aplicable para suscribir los acuerdos de precios en los términos regulados en la presente medida”, dice la resolución sobre los filtros a los que serán sometidos los exportadores.
Posteriormente, se los clasifica en función del porcentaje de exportación que registran sobre su facturación total.
Las pesqueras superan el 70% de su facturación en comercializaciones al exterior, por lo que quedan comprendidos en la Categoría D.
En este caso, la empresa “se compromete a vender de forma constante e ininterrumpida, la totalidad de las mercaderías que ella comercializa o provee en el mercado interno, a un precio que se determinará teniendo en cuenta los precios promedio del mes de marzo de 2023 con un aumento de hasta el (1%) para el mes de abril de 2023; de hasta el (1%) para el mes de mayo de 2023 respecto de los precios promedio del mes de abril de 2023; de hasta el (1%) para el mes de junio de 2023 respecto de los precios promedio del mes de mayo de 2023; de hasta el (1%) para el mes de julio de 2023 respecto de los precios promedio del mes de junio de 2023; y de hasta el (1,7%) para el mes de agosto de 2023 respecto de los precios promedio del mes de julio de 2023.
Estos precios promedio serán aquellos efectivamente cobrados al consumidor final o a las empresas que ella provea estos productos, según corresponda, incluyendo, de corresponder, toda clase de descuento o beneficio que se les haya facilitado a los mismos”, indica en detalle el requisito impuesto por el área que conduce Tombolini.
*RPuerto/ by Nelson Saldivia