3 octubre, 2022
Las empresas tiene que reestimar los precios de los contratos de obra pública todos los meses debido a la alta inflación. Advierten que el recorte presupuestario, las está afectando.
La Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) planteó que existen demoras de parte del Gobierno en la aprobación de certificados de redeterminación de precios de obra pública, una operación que se debe llevar a cabo de manera reiterada debido a la inflación.
En un comunicado, las entidad advierte que se presentan “excesivas e injustificadas demoras en las certificaciones y pagos de las Redeterminaciones de precios en momentos en qué, por la alta inflación sufrida, estas constituyen una parte sustancial de la remuneración del contratista, con demoras violatorias del artículo 22º del Decreto 691/16”.
”El actual ritmo inflacionario obliga, prácticamente, a una redeterminación mensual. Y cada una de ellas lleva a un proceso administrativo que demanda varios meses”, dice la entidad.
CAMARCO sostiene que “esto es más grave aún en contratos por Convenio con Provincias o Municipios, en las que se suman dos jurisdicciones a la tramitación”.
“En cualquier caso, el cobro de lo redeterminado se demora por los meses de trámite insumidos y el monto percibido se ve severamente reducido por la pérdida de su valor adquisitivo -para reponer insumos- y/o por los altos costos financieros nominales”, advierten las empresas.
También sostienen que “se agrega al perjuicio sufrido, los índices relevados por el INDEC no representan exactamente la verdadera variación de precios de nuestros insumos, cuando se los compara con el aumento real de precios de los distintos materiales e insumos necesarios para la ejecución de la obra”.
“A todo ello se agrega la distorsión significativa en los precios de materiales -y/o en sus formas de comercialización- a causa de su escasez, por cambios en el comercio exterior y su regulación y por efectos de conflictos geopolíticos”, indica el comunicado.
Por otro lado, la declaración dice que “se afecta la falta de redeterminación, de los Anticipos Financieros, en los contratos que los prevén, por el largo plazo, transcurrido habitualmente entre la oferta y la puesta en marcha de la obra y consecuente facturación del anticipo” y añade que “en muchos casos se verifica el congelamiento de un mayor porcentaje al realmente recibido”.
“En los últimos meses a esta situación se agrega la demora en los pagos y su condicionamiento a la asignación por el Ministerio de Economía de Cuotas Trimestrales presupuestarias”, indica el texto.
CAMARCO dice que “estas se ven limitadas o demoradas por medidas de contención del gasto y reducción del déficit público”.
“Esta situación puede prolongarse en el tiempo. En todos los casos debe realizarse la automática liquidación de intereses establecidos por el artículo 8 de la Ley 13.064”, reclaman las empresas.
*NA