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13 julio, 2020

GESTIONES DEL GOBERNADOR ARCIONI PARA ENCAUZAR LAS NEGOCIACIONES DE PARTES

Nación dictó la conciliación obligatoria en el conflicto pesquero

Desde el mediodía del lunes y por quince días, el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, dispuso la conciliación obligatoria en el conflicto entre las pesqueras y el SOMU que puso en vilo a las ciudades costeras de Chubut.

Fue mediante una gestión del gobernador Mariano Arcioni que alertó al titular de la cartera nacional, Claudio Moroni sobre el impacto que estaba teniendo en la provincia el conflicto entre empresarios y el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), y la necesidad de avanzar con el diálogo para llegar a un acuerdo.

El mandatario provincial estuvo acompañado por los secretarios de Pesca y de Trabajo, Adrián Awstin y Cristian Ayala respectivamente, y durante la conversación Moroni se informó sobre las últimas instancias y reuniones realizadas en la Provincia.

 

Un tema de larga data

 

Cabe recordar que el conflicto que existe en el ámbito pesquero es netamente Nacional, entre el Consejo de Empresas Pesquera de Argentina (CEPA) de Mar del Plata, la Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de la Argentina (CAPECA) de Santa Cruz, y la Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras (CAPIP) de Chubut y el sector empresarial. Ante esto SOMU decidió llamar a un paro pesquero en todo el país, afectando a la Provincia del Chubut.

Una solución definitiva

 

Al respecto, Awstin explicó que “Desde Provincia apelamos a que se siga buscando una solución definitiva pero que se siga pescando. Se necesitan esos recursos para poder solventar otros gastos”, sostuvo el Secretario de Pesca del Chubut, y agregó que “se echó a perder mercadería valuada en muchos millones de pesos”.

 

Conciliación obligatoria

 

De esta manera el Ejecutivo Nacional dictó este lunes 13 de julio la conciliación obligatoria a partir de las 13:30 horas y por un plazo de 15 días, y se intima “a la asociación sindical mencionada y, por su intermedio, a los trabajadores por ellas representados, a dejar sin efecto durante el periodo indicado en el artículo anterior, (Art. N° 2) toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual”.

Asimismo, intima a las empresas involucradas “a otorgar tareas de forma normal y habitual a su personal y abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo con el personal representado por las organización sindicales y/o cualquier otra persona, en relación al diferendo aquí planteado…”.

Finalmente, en su artículo N° 7 se convoca a las partes “a una nueva audiencia que se fija para el 15 de julio a las 12 horas, la que se llevara a cabo mediante plataforma virtual…”.

 

*DGP