15 enero, 2023
La iniciativa para habilitar la compra de períodos por parte de quienes no cumplen con los requisitos para jubilarse fue incluida en las sesiones extraordinarias; se insiste en una estrategia que genera desigualdades y esquiva el debate sobre políticas de fondo ante la alta informalidad
Moratoria: cómo es el plan del Gobierno para la jubilación sin aportes que se tratará en extraordinarias
Si la Cámara de Diputados convierte en ley el proyecto sobre el “plan de pago de deuda previsional” –el tema fue incluido para su tratamiento en sesiones extraordinarias previstas para este mes–, se pondrá en vigencia un esquema por el cual, durante dos años, quienes tengan o cumplan la edad jubilatoria (60 años las mujeres y 65 los varones), y no reúnan los 30 años de aportes que exige la ley para jubilarse, accedan a comprar períodos de contribuciones, a crédito y con subsidio estatal. La adhesión al plan habilitaría el cobro de haberes, de los que se descontarían, en un período de hasta 120 meses, las cuotas para cancelar la deuda originada en la compra de aportes.
El proyecto, que surgió de un sector del oficialismo, fue votado por el Senado el 30 de junio pasado. Recién seis meses después, ya a fines de 2022, se previó llevarlo al recinto de la Cámara baja. Pero el día en cuestión, 21 de diciembre, no hubo sesión por falta de quórum.
Mientras tanto, terminado 2022 quedó sin vigencia el plan de la ley 26.970, que les permitía a las mujeres de 60 a 64 años de edad declarar deudas por aportes de períodos previos a 2004. Sigue en pie otra moratoria, la de la ley 24.476, que tiene un alcance muy limitado. Permite solo declarar deudas por aportes no hechos en meses previos a octubre de 1993. Hoy por hoy, las mujeres que cumplen 60 años podrían entrar a ese plan por 12 años y 9 meses de contribuciones faltantes, y los varones, por 17 años y 9 meses.
Y rige también la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), un ingreso que equivale al 80% del haber mínimo y que exige, a varones y mujeres por igual, tener 65 años de edad. El diseño de ese beneficio no contempla, como tampoco lo hace el sistema de prestaciones contributivas, un esquema de pagos de montos proporcionales, en función de los aportes hechos durante la vida laboral. Entonces, percibe lo mismo quien no tiene ningún aporte que quien contribuyó, por ejemplo, durante 20 años. Para acceder, al igual que en el caso de las moratorias, se debe pasar una verificación socioeconómica que hace el Estado.
Los datos del sistema previsional general gestionado por la Anses revelan que, de las 277.529 altas de jubilaciones dadas entre enero y septiembre de 2022, el 65% tuvo moratoria. Y dos tercios de las jubilaciones que están en curso de pago también requirieron de un plan subsidiado de pago de deudas.
Se trata de una política que, a la vez que permitió incluir a la mayoría de quienes actualmente cobran una jubilación en el régimen nacional, no contempló un análisis previo de proyecciones y necesidades de financiamiento. Es, además, una estrategia de naturaleza temporal que, paradójicamente, pretende ir contra un problema enraizado y persistente en la Argentina (incluso, de dimensión creciente en los últimos meses), como lo es la economía informal, que explica en gran medida la falta de aportes.
Como resultado de la insistencia en esos planes, sin que se plantee alguna política para intentar cambios de fondo, se generan fuertes desigualdades. Hoy se le niega a una persona un derecho que sí se le otorgó a otra, por el solo hecho de haber nacido, la primera, unos días o unas horas después que la segunda (las mujeres que cumplieron 60 años en diciembre pudieron acceder a la moratoria de la ley 26.970, mientras que no pueden hacerlo quienes cumplen esa edad en estos días).
La iniciativa que está en el Congreso prevé, para quienes tengan la edad jubilatoria, la posibilidad de comprar períodos de aportes que tendrían un precio determinado por la propia normativa. Esa posibilidad estaría vigente durante un plazo de dos años. El proyecto busca disponer también un plan de pagos de aportes no hechos para personas a las que les falten 10 años o menos para el retiro.
Para el primer grupo se crearía la “Unidad de pago de deuda previsional”, que valdría, cada una, un mes de aporte. Con la adquisición se generaría una deuda con el Estado, que se cancelaría mediante descuentos en los haberes, en hasta 120 meses. Podrían declararse aportes por meses previos al inicio de 2009.
Una condición es que, en el momento del período más antiguo que se declara como adeudado, se debe haber tenido al menos 18 años. Por eso, las mujeres podrían comprar hasta 28 años de aportes y los varones, hasta 30 años. El régimen también admitiría que, con la compra de aportes, los derechohabientes de un fallecido –que haya estado registrado– puedan cobrar una pensión.
También se crearía la llamada “Unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad”, que podría ser adquirida por personas a las que les falten hasta 10 años para a la edad jubilatoria. Cada unidad valdría un mes de contribución y podrían comprarse solo períodos “anteriores al 31 de marzo de 2012″, siempre que el solicitante no haya estado trabajando de manera registrada –ni como dependiente, ni como autónomo o monotributista– en los meses declarados.
Cada mes de aporte, en ambos planes, tendría un precio equivalente al 29% de la remuneración mínima que rige para calcular los descuentos de la seguridad social. Esa referencia se actualiza cada tres meses según el índice de movilidad (por tanto, el precio también variaría con frecuencia trimestral). Si hoy rigiera el plan, el valor de cada unidad sería de $4896. Si se necesitaran 20 años, la deuda tendría un valor inicial, actualizable, de $1.175.040. Y si se pagara en 120 cuotas, la primera sería de $9792.
En el proyecto se indica que quienes adhieran al plan deben haber residido en el país en los períodos por los que declaran deuda. También se prevé la incompatibilidad de los beneficios otorgados vía el plan con “el goce de otra prestación previsional de cualquier naturaleza”, con la excepción del cobro de un único beneficio, si es contributivo y no mayor al haber mínimo. De todas maneras, se podría renunciar al cobro de otra mensualidad para acceder al programa.
Para quienes están en edad activa, además de los requisitos relacionados con los períodos declarados (residencia en el país y no haber trabajado de manera registrada), se establecería la exigencia de acreditar que se tienen ingresos para pagar la obligación tomada.
Por otra parte, el texto le delega a la Anses la facultad de fijar los parámetros para acceder al plan de cancelación de deuda, sobre la base de “evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas objetivas”. Esa condición rigió y rige también para el ingreso a las moratorias.
Según un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación, en el primer año de la eventual vigencia del régimen podrían recibir su jubilación, haciendo uso de la modalidad, unas 494.242 personas (casi el 80%, mujeres). En cuanto a la población masculina, la hipótesis es que dejarían de solicitar la PUAM e irían al nuevo plan. En el segundo año se agregarían a la jubilación por la vía propuesta, según esa estimación, otras 225.409 personas.
Los datos son luces de alerta respecto de la necesidad de revisar las exigencias de la ley jubilatoria y, a la vez, de generar un debate sobre cómo solucionar las deficiencias del mercado laboral. Las moratorias y el proyecto actual son respuestas solo temporales (que provocan inequidades) a problemas enraizados.
*LN/ by Silvia Stang