22 enero, 2024
Los miembros del Máximo Tribunal seguirán cobrando el régimen de privilegio, según la última versión del megaproyecto que envió el oficialismo al Congreso.
El gobierno liderado por Javier Milei presentó este lunes su versión final del proyecto de Ley Ómnibus, que busca aprobar esta misma semana. La propuesta, que ha generado intensos debates y controversias, ahora elimina las jubilaciones de privilegio para presidentes y vicepresidentes, pero conserva este beneficio para los jueces de la Corte Suprema.
La medida, que forma parte de la promesa de Milei de reducir el gasto público y eliminar los excesos en los gastos, ha generado opiniones encontradas en la sociedad y en el ámbito político. Por un lado, aquellos que respaldan la medida destacan la eliminación de un privilegio históricamente criticado, argumentando que es un paso necesario. Ponen como ejemplo el caso de la exvicepresidenta Cristina Kirchner, que cobra una doble pensión de privilegio.
Sin embargo, el gobierno decidió mantener el beneficio de las jubilaciones de privilegio para los jueces de la Corte Suprema.
SE ELIMINAN LAS JUBILACIONES DE PRIVILEGIO
Apoyo la medida del Gobierno de eliminar las jubilaciones de privilegio de Presidente y Vice, millonarias y vitalicias. La política debe estar a la altura y es la que primero debe hacer el ajuste. pic.twitter.com/o01gB5PgEW
— Diego Santilli (@diegosantilli) January 22, 2024
«Se eliminan las jubilaciones de privilegio para presidente y Vicepresidente. Se le pone fin a un privilegio de la casta en donde los Presidentes accedían a una jubilación millonaria y vitalicia», dice el borrador del proyecto final que llegó al Congreso este lunes.
Acto seguido, sostiene: «Elimínese las asignaciones mensuales vitalicias destinadas a Presidente y Vicepresidente de la Nación, establecidas por ley 24.018, para quienes culminen sus mandatos con fecha posterior a la sanción de esta ley».
«A partir de la sanción de esta ley, al Presidente y Vicepresidente de la Nación que culmine su mandato, le resultan aplicables las previsiones de la Ley 24.241, del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones», añade el texto.
Las jubilaciones de privilegio son regímenes especiales de jubilación que se aplican a ciertos sectores o grupos específicos de trabajadores. Estos regímenes suelen ofrecer condiciones más favorables en términos de monto jubilatorio y requisitos para acceder a ellos. Generalmente, se han establecido con el objetivo de reconocer la labor y dedicación de ciertos profesionales, funcionarios o empleados públicos.
* Funcionarios Públicos: Algunos funcionarios de alto rango, como legisladores y jueces, han sido históricamente beneficiarios de jubilaciones de privilegio.
* Magistrados y Jueces: Dentro del ámbito judicial, magistrados y jueces también pueden acceder a regímenes jubilatorios especiales.
* Militares y Fuerzas de Seguridad: En algunos casos, miembros de las fuerzas armadas y de seguridad tienen acceso a jubilaciones de privilegio.
* Docentes Universitarios: En el ámbito académico, los docentes universitarios pueden contar con regímenes jubilatorios diferenciados.
Entre algunos puntos, accedió a incorporar una fórmula previsional de ajuste automático de haberes por inflación y se reformularon los regímenes de hidrocarburos, biocombustibles y la pesca. Además, se eliminaron las retenciones sobre las economías regionales.
El escrito aclara que se decidió transferir a sesiones ordinarias una serie de temas como el proyecto e juicio por jurados, salud mental, los cambios en la ley de sociedades, la discusión sobre el traspaso de la justicia nacional a la ciudad, y tres temas de la reforma electoral (secciones uninominales, el futuro de las PASO y el régimen de partidos políticos). Estos proyectos serán presentados al inicio del período ordinario del año legislativo.
*EP/ASV/ff