El Presidente encabezó el acto de promulgación de leyes de VIH y Oncopediatría en Casa Rosada, junto a la ministra de Salud, Carla Vizzotti. Destacó la ampliación de derechos y la disposición ‘a dar pelea’ en este tipo de batallas difíciles.
El jefe de Estado señaló: “La ley parece ser igual para todos, pero no todo somos iguales ante la ley: algunos gozan de privilegios y otros no los tienen. El Estado está precisamente para nivelar condiciones, terminar con algunos privilegios y privilegiar a los que lo necesitan. Por eso, hemos dado un paso muy importante hoy”.
«Nunca ninguna pelea justifica la resignación de un derecho. Por dura y difícil que sea la pelea, ninguna pelea puede darse resignando derechos de otro. Y si quieren ver si vamos a dudar, hoy tienen la prueba de que no vamos a dudar”, subrayó.
Por su parte, Vizzotti destacó que “esta es una gestión que tiene como prioridad a la salud, desde el inicio y mucho antes de la pandemia”, y celebró “la promulgación de leyes que amplían derechos».
“Vamos a trabajar para que esos derechos sean una realidad rápidamente, reglamentando la ley, trabajando con las provincias, con la sociedad civil y con la sociedad científica”, explicó la ministra.
Ley de Oncopediatría
La norma, aprobada este jueves en un recinto cuyas gradas estuvieron colmadas por familias de niños con la enfermedad, crea un programa integral con el objetivo de reducir su morbi-mortalidad.
Se trata de una ley que obliga a las obras sociales y prepagas a dar una cobertura total para la atención de niños, niñas y adolescentes con cáncer y al Estado Nacional a dar una asistencia a económica a las familias fue aprobada este jueves por la noche por unanimidad en el Senado de la Nación.
La norma, que crea un programa integral para reducir la morbimortalidad, fue aprobada por 64 a 0, en un recinto cuyas gradas estuvieron colmadas por familias de niños con la enfermedad que aplaudieron cuando se llevó a cabo la votación.
El dictamen especifica que el Sistema Público de Salud, las obras sociales y las prepagas deberán brindar al niño, niña y adolescente con cáncer una cobertura del ciento por ciento en las prestaciones para las prácticas de prevención, promoción, diagnóstico, terapéutica y todas aquellas tecnologías que pudieran estar directa o indirectamente relacionadas con el diagnóstico oncológico.
También se determina -además- que el Estado nacional deberá otorgar una asistencia económica equivalente al monto de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad.
La nueva norma establece la obligatoriedad de elaborar lineamientos programáticos y guías de práctica para la detección, diagnóstico y tratamiento y asistir a los centros oncológicos para que brinden una atención de calidad que respete todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes con cáncer.
Además propone difundir y capacitar en estrategias para optimizar el diagnóstico precoz en cáncer infantil, así como gestionar el funcionamiento de la red de los centros oncológicos que atienden a dichos pacientes a nivel nacional.
Por otro lado, busca capacitar a los equipos de salud a través del Programa de Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Cáncer, y realizar un seguimiento y cuidado clínico post tratamiento oncológico.
Mientras dure el tratamiento, la autoridad de aplicación, a través del organismo que corresponda, debe otorgar a los niños, niñas y adolescentes con cáncer estacionamiento prioritario en zonas reservadas y señalizadas para los vehículos que los trasladen.
También gratuidad en la utilización del transporte público y transporte colectivo terrestre de acuerdo a lo establecido por la ley de protección integral de las personas con discapacidad y, para los pacientes con familias en situación de vulnerabilidad social, se adoptarán planes y otras medidas de asistencia.
También se deberá garantizar el acceso a una vivienda adecuada o la adaptación de la vivienda familiar a las exigencias que su condición les demande.
En caso de tratarse de niños, niñas o adolescentes con tratamiento ambulatorio y deban trasladarse y permanecer junto a su grupo familiar a más de 100 kilómetros de su lugar de residencia se garantizará a la familia el acceso a un subsidio habitacional para afrontar los gastos de locación de vivienda.
Además uno de los progenitores o representantes legales de un niño, niña o adolescente que padezca cáncer tendrá licencias especiales sin goce de haberes durante el plazo que figure en la prescripción del médico tratante del paciente oncopediátrico.
Durante la licencia, la persona en relación de dependencia percibirá de la ANSES las asignaciones correspondientes y una suma igual a la retribución que le corresponda al período de licencia.
Ley de VIH
El 30 de junio pasado, el Congreso aprobó una nueva ley de VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e Infecciones de Transmisión Sexual, que cambia el paradigma biomédico de la normativa anterior, sancionada en 1990.
La nueva legislación, que cuenta con un enfoque de géneros y de derechos humanos, busca garantizar la atención integral de manera gratuita e impulsa la eliminación del estigma y la discriminación.
Entre otras medidas, prohíbe las pruebas de diagnóstico de VIH, Hepatitis, TBC e ITS en los exámenes preocupacionales o para ingresar a instituciones educativas.
Además, posibilita la jubilación anticipada a aquellas personas de 50 años que viven con VIH hace 10 años y que cuentan con al menos 20 años de aportes; y otorga una pensión no contributiva de carácter vitalicio para quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
La nueva ley también declara de interés público y nacional los medicamentos e insumos para la prevención, diagnóstico, tratamiento y cura del VIH, Hepatitis, TBC e ITS, su producción pública y el acceso universal, oportuno y gratuito.