La Cámara Penal de Trelew dio por cerrado el caso y concluyó que no hubo delito, que la investigación careció de sustento jurídico y que se vulneraron garantías constitucionales. Un fallo demoledor para la fiscal Gamarra.
La Cámara Penal de Trelew decidió confirmar la resolución de primera instancia que declaró nula las actuaciones en torno a la denominada “Operación Carpintero”, una causa impulsada por la fiscal Federal, Julieta Gamarra, a partir de la denuncia formulada por José Severiche contra el asesor legal y político de la CaFACH, Gonzalo Carpintero Patterson.
La fiscalía había apelado la resolución de la jueza Mirta del Valle Moreno, la cual el 5 de marzo pasado determinó que el caso careció de sustento penal y que la hipótesis del Ministerio Público Fiscal se había basado en una incorrecta interpretación jurídica del delito de cohecho.
Con la firma de los jueces Gustavo Castro e Ivana González, el Tribunal decidió “confirmar la resolución que había sido recurrida y que declaraba la nulidad de la Resolución 350/2026 y de todos los actos que son su consecuencia”
La sentencia de nueve páginas a la que tuvo acceso este medio, es muy crítica del rol que desempeñó la fiscal Gamarra, quien recientemente quedó involucrada en la divulgación de un video que causó conmoción en la provincia.
En el video en cuestión, un abogado, miembro del Ministerio Público Fiscal y parte del equipo de Gamarra, recibe y embolsa un soborno de 12 millones de pesos para que se reduzca la sentencia de un imputado, de cuatro años a un año de condena, cosa que finalmente ocurrió.
En su exposición, Castro sostuvo que “la Fiscalía insiste en una línea argumental que, lejos de robustecerse, evidencia su fragilidad a medida que es examinada. Esta insuficiencia se torna aún más patente cuando el propio recurso recurre a un argumento que revela, en rigor, la debilidad estructural de su postura: la reiterada afirmación de que la jueza de grado habría incurrido en una contradicción al considerar inicialmente la existencia de fundamentos y posteriormente descartarlos”.
En ese sentido, remarcó que “la Fiscalía pretende derivar de esa supuesta “contradicción” una afectación a su posibilidad de investigar, argumento que no resiste el menor análisis. La facultad investigativa del Ministerio Público no es irrestricta ni puede ejercerse al margen del principio de legalidad. No existe un ‘derecho a investigar’ desvinculado de la existencia de una hipótesis delictiva jurídicamente plausible”.
Para el magistrado, José Severiche no encuadra en las condiciones exigidas por el tipo penal de cohecho. “La circunstancia de tratarse de un empleado con licencia gremial y dirigente sindical, sin ejercicio efectivo de funciones públicas ni competencia funcional relevante, torna inviable el encuadre propuesto, sin que la Fiscalía logre aportar un solo elemento serio que permita revertir esa conclusión”, afirmó.
La declaración de José Severiche ante Gamarra había sido filtrada a la prensa y de la mano de la pauta oficial llegó a los medios locales y nacionales con la intención de involucrar a los referentes de la CaFACH en la maniobra. La causa se inició días posteriores a que el bloque oficialista en la Legislatura perdiera a dos integrantes, relacionados con miembros de la cámara.
En su defensa, Gamarra había expresado que la jueza Moreno había incurrido en un exceso jurisdiccional, calificándola una y otra vez de contradictoria, ilógica, inestable, arbitraria y, además, de generar inseguridad jurídica, porque incurrió en desconocimiento del derecho.
Ivana González advirtió que Gamarra en ningún momento logró responder ni a la defensa ni a la resolución de la jueza Moreno tres aspectos fundamentales. “La invocada inexistencia de delito; la invocada carencia de subsunción de la base fáctica narrada y, tercera, cuál sería la participación concreta achacada a Traversini Loza en el accionar –¿delictivo?- de Carpintero que, nuevamente, no supera los estándares de evaluación jurídico-penal exigidos por la Teoría del Delito”.
Luego de la denuncia de Severiche, Gamarra hizo allanamientos, requisas y secuestro de teléfonos a Carpintero en plena vía pública. La magistrada fue muy crítica de esas conductas de la Fiscal. “Para investigar personas vulnerando sus garantías constitucionales, tal como lo prescriben la ley y las Constituciones, las sospechas fundadas y los elementos de suficiencia para sostenerlas deben existir ex ante y no ex post, de lo contrario se trata ni más ni menos que de un gran ‘ir a la pesca’, tal como ya han referido en este mismo caso y en varias oportunidades”, recalcó.
Por último, la jueza González marca otro error de la fiscal Gamarra. “Está equivocada también, cuando alega que la jueza le cerró toda la posibilidad de investigación. En realidad, lo que hizo la jueza fue colocar las cosas en su lugar”.
Luego de la primera resolución que avaló la investigación, con la incorporación de elementos relevantes para la causa y que fueron aportados por la defensa, “no es que se cerró toda posibilidad de investigación: lo que se cerró, fue la posibilidad de seguir investigando algo que, de momento y de acuerdo a cómo lo ha narrado la propia fiscalía, no constituye delito alguno, a la par de evitar la mayor vulneración de garantías de los ciudadanos implicados”.
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