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31 mayo, 2021

La AFIP intimó a casi 200 mil personas a regularizar a su personal doméstico

El organismo de recaudación ya envió cartas a los contribuyentes instando a que regularicen la situación. Cómo ponerse al día con la AFIP

Las misivas de la AFIP comenzaron a llegar a los Domicilios Fiscales Electrónicos de personas que, aunque declaran remuneraciones y patrimonios significativamente superiores a la media, no tienen registrado personal de casas particulares (tampoco tienen registrado trabajadoras sus cónyuges).

«Nos contactamos para informarle que, a partir del análisis de sus datos patrimoniales y sus consumos, detectamos que podría ser empleador o empleadora de personal de casas particulares. Sin embargo, a la fecha, no registra el alta de ninguna trabajadora o trabajador«, advierte la notificación que recibieron más de 190 mil contribuyentes.

Que se puede hacer

 

Aquellos contribuyentes que deban regularizar la situación de sus trabajadores pueden dar de alta una nueva relación laboral desde el sitio web de la AFIP Deben ingresar con su CUIT y una clave fiscal nivel 2 para luego acceder a alguno de los siguientes servicios:

  • Personal de Casas Particulares
  • «Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social»

 

Los pagos son electrónicos y se pueden realizar desde la aplicación «Casas Particulares» disponible en «App Store» o «Google Play» o desde el sitio www.casasparticulares.afip.gob.ar.

Aquellos contribuyentes que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la remuneración y las contribuciones patronales abonadas incluidas en la cotización fija mensual. El máximo previsto para 2021 es $167.678,40

Aportes para el personal doméstico: nuevos valores

 

Asimismo, el Gobierno decidió aumentar los aportes por jubilación y obra social que deben pagar los empleadores por el personal doméstico que tenga contratado, una suba que estaba pendiente. La medida se confirmó a través de la Resolución General 4993/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial y firmada por la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

De esta manera, las autoridades nacionales cumplieron con el ajuste de los montos de las cargas previsionales de los trabajadores de casas particulares, según la cantidad de horas que presten servicio por semana y su condición (activo o jubilado).

De acuerdo con la ley vigente, esta cifra se debería incrementar «anualmente y en forma automática, en igual proporción y en la misma oportunidad en que tenga lugar la actualización correspondiente al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes».

Sin embargo, el último aumento previsto nunca se llegó a implementar debido a que, poco después de asumir, el presidente Alberto Fernández declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, la cual se amplió ante la llegada de la pandemia del coronavirus.

Por esta razón, la AFIP consideró «necesario» realizar esta suba «respecto de los aportes y contribuciones que se devenguen durante los períodos mayo a diciembre de 2021″, con el objetivo de «garantizar el goce de las prestaciones» por parte del personal de esta actividad y «mantener el debido financiamiento de los subsistemas de la seguridad social».

Con la firma de Marcó del Pont, el Gobierno precisó de cuánto será el aumento de las cargas sociales para el personal doméstico, aunque se aclaró que el importe correspondiente a la Cuota de Riesgo del Trabajo no se modificó en esta oportunidad.

De esta manera, se estableció que por cada trabajador activo mayor de 18 años, el empleador deberá pagar $464,22 cuando trabaje hasta 12 horas semanales; $764,14 cuando esté en servicio hasta 16 horas, y $2.232,98 cuando cumpla funciones por más de ese tiempo.

En tanto, para los menores de 18 años pero mayores de 16, esos montos serán de $423,87 cuando haga hasta 12 horas semanales; $683,46 si realiza hasta 16 horas de tareas, y $2.115,30 cuando esté en servicio por más de ese tiempo.

Por último, en el caso de los empleados jubilados, las cifras pasarán a $349,90 cuando trabaje hasta 12 horas semanales; $552,31 cuando sea contratado por hasta 16 horas, y $824,11 cuando supere esas horas.

Estos incrementos ya se encuentran vigentes y, como se mencionó anteriormente, «resultarán de aplicación respecto de los aportes y contribuciones que se devenguen durante los períodos mayo a diciembre de 2021″.

Por último, se precisó que «a partir del período devengado enero de 2022″, se volverá a implementar el mecanismo de ajuste automático que marcaba la norma original y que se basa en la actualización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

A continuación, la tabla de valores actualizadas ara trabajadoras mayores de 18 años:

Para trabajadoras menores de 18 años pero mayores de 16 años:

 

Para trabajadoras jubiladas:

 

Personal doméstico: escala salarial 2021

 

Con el aumento del Salario Minimo, Vital y Móvil (SMVM), que para los mensualizados pasa a $24.408 en mayo, el salario mínimo del empleo doméstico encuadrados en la categoría Tareas Generales «con retiro», que abarca al 78% de los trabajadores, quedó por debajo de esas cifras. Cabe preguntarse cómo queda la escala salarial Argentina 2021 para el empleo doméstico.

Las remuneraciones del sector son fijadas por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), un organismo tripartito que integran el Estado, representantes de los empleadores y de los sindicatos del sector.

En abril se completó el aumento total establecido en la paritaria y quedó establecida la escala salarial Argentina 2021 para el empleo doméstico. El pago por hora según cada escala quedó de la siguiente manera:

Supervisor/a

  • Hora con retiro: $223,50
  • Hora sin retiro: $244.50
  • Mensual con retiro: $27.928
  • Mensual sin retiro: $31.108,50

Empleada doméstica / Personal para tareas específicas

  • Hora con retiro: $211,50
  • Hora sin retiro: $232
  • Mensual con retiro: $25.946,50
  • Mensual sin retiro: $28.883

Empleada doméstica / caseros

  • Hora: $199,50 
  • Mensual: $25.315

Empleada doméstica / Asistencia y cuidado de personas

  • Hora con retiro: $199,50
  • Hora sin retiro: $216,50
  • Mensual con retiro: $25.315
  • Mensual sin retiro: $28.211

Empleada doméstica / Personal para tareas generales

  • Hora con retiro: $185
  • Hora sin retiro: $199,50
  • Mensual con retiro: $22.765,50
  • Mensual sin retiro: $25.315

 

El salario mínimo de una empleada doméstica va a depender de varios factores, entre los cuales se encuentran los siguientes:

  • La categoría del personal
  • La modalidad de trabajo
  • La cantidad de horas trabajadas 

¿Cuáles son las categorías?

* Empleada doméstica / Supervisora – Es el personal encargado llevar a cabo la coordinación y el control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Por ejemplo, un supervisor que controla las tareas de limpieza de un grupo de empleados.

 

* Empleada doméstica / Personal para tareas específicas – Esta categoría incluye principalmente a los cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, como así también toda otra tarea doméstica que requiera habilidades especiales del personal para poder llevarla a cabo.

 

* Empleada doméstica / Caseros – Hace referencia al personal que presta tareas relacionadas con cuidado general y la preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Es la única categoría que se presume sin retiro.

 

* Empleada doméstica / Asistencia y cuidado de personas – Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. Esta categoría es la que determina cuál es el sueldo de una niñera o de cuidadores domiciliarios (por ejemplo, una persona que cuida adultos mayores).

 

* Empleada doméstica / Personal para tareas generales – El personal encargado de prestar tareas generales es aquel que realiza tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Es la categoría más utilizada, ya que comprende a la empleada doméstica o mucama que presta servicios de limpieza y mantenimiento en casas de familia.

 

Empleo doméstico: ¿con o sin retiro?

 

¿Cómo calcular y pagar el sueldo de una empleada doméstica?

Existe modalidad de trabajo sin retiro cuando el personal vive en el mismo lugar en el cual presta sus servicios.

Por el contrario, trabajo con retiro se da cuando el personal no reside en el mismo lugar en el cual presta sus servicios. Es la modalidad más habitual y puede ser con retiro para un mismo y único empleador o con retiro para distintos empleadores.

¿Cuántas horas tiene que trabajar una empleada doméstica?

 

Ya mencionamos que la escala salarial de las empleadas domésticas establece un monto para cada categoría y modalidad de prestación. Sin embargo, en cuanto a la cantidad de horas de servicio prestado, se plantean dos remuneraciones:

  • un valor mensual para el personal que desempeña una jornada laboral de tiempo completo(48hs semanales) y
  • un valor por hora trabajada.

 

Pero existe una serie de cuestiones importantes detrás de la determinación del salario de una empleada doméstica que no están del todo explicadas en la ley que vamos a intentar dejar en claro a continuación.

 

 

¿Se puede determinar el sueldo en forma proporcional?

 

Empecemos por lo que está claro. El sueldo de una empleada doméstica por 8 horas diarias de lunes a sábados (lo que es igual a 48 horas semanales) debería ser como mínimo, según la escala, igual al sueldo establecido como remuneración mensual.

La Resolución 1/2020 de la Comisión de Trabajo en Casas Particulares viene a aclarar esta cuestión, estableciendo que la empleada doméstica que trabaje 24 horas semanales o más deberá cobrar el sueldo mensual proporcionado según las horas trabajadas.

 

 

¿Cuándo corresponde el pago por hora a la empleada doméstica?

 

La misma resolución determina que la empleada doméstica que trabaje menos de 24 horas a la semana deberá calcular su sueldo multiplicando la cantidad de horas trabajadas por el valor hora establecido en la escala salarial vigente.

*AFIP, iP