3 junio, 2024
A través de la Resolución 78/2024, la Secretaría de Energía prorrogó «el período de transición» desde el 18 de mayo y hasta el 11 de agosto de 2024″, para que las actuales operadoras sigan a cargo de las centrales generadoras hidroeléctricas del Comahue «conforme a lo dispuesto en cada uno de los
Asimismo, Energía prorrogó el período de transición desde el 27 de junio de 2024 y hasta el 29 de diciembre de 2024, de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato de Concesión de la Central Hidroeléctrica Piedra del Águila.
Las concesiones en manos privadas de estas centrales generadoras datan de 1992, y los contratos respectivos contemplan que puedan seguir siendo operadas por sus concesionarias durante 12 meses adicionales a la fecha del vencimiento, mientras el Estado nacional resuelve cómo será gestionadas a futuro.
La semana pasada, el Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, informó en el Senado de la Nación que la Administración Milei tiene decidido volver a concesionar la operación de estas centrales. Y agregó que las provincias que las alojan (Neuquén, Río Negro) «tendrán participación mediante el cobro de regalías asociadas a la remuneración que recibirá el concesionario».
La R-24 puntualizó para cada una de ellas que «A los efectos de preservar la seguridad de las personas y los bienes ubicados en la Cuenca y bajo su responsabilidad, la concesionaria deberá continuar a cargo del Complejo Hidroeléctrico y cumplir con todas sus obligaciones derivadas del contrato durante el referido período».
Asimismo, la S.E. estableció la continuidad de Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA) como veedor para todas las centrales referidas, quien actuará con el alcance establecido en cada uno de los Contratos de Concesión».
La Resolución puntualiza además que «la Secretaría de Energía» notificará con la debida antelación a las empresas concesionarias, el curso de acción a fin de determinar el cronograma de trabajo para dar cumplimiento efectivo a la transferencia de las referidas Centrales Hidroeléctricas al ESTADO NACIONAL, en su carácter de concedente».