15 julio, 2025
La Cámara de Apelaciones del Segundo Circutio de Nueva York decidió suspender la entrega de acciones de YPF tras el recurso presentado por el Estado Nacional. Hubo fuerte presión de las provincias propietarias de acciones de YPF
Tras la presentación argentina, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York concedió la suspensión administrativa temporal de la orden de cesión del 51% de las acciones de YPF.
El tribunal en cuestión, estableció también que los apelados “deberán presentar su oposición a la moción antes del 17 de julio de 2025, y el apelante deberá presentar su respuesta antes del 22 de julio de 2025″.
Según agregó una persona del Gobierno argentino, la decisión de la Corte de Apelaciones implica una buena señal debido a que no hay más riesgo de desacato.
La decisión de la Corte de Apelaciones no rechaza la orden de Loretta Preska, sino que la suspende temporalmente y desecha la posibilidad de que Argentina entre en desacato, según reportó Bloomberg Line.
Para Juan Carranza, analista senior de Aurora Macro Strategies, la decisión representa “un alivio procesal importante, aunque no definitivo”. “El riesgo inmediato de desacato queda neutralizado, pero el proceso judicial sigue abierto: el plazo para presentar argumentos vence el 22 de julio y luego la misma Corte —que también revisa el fallo por US$16.100 millones— deberá pronunciarse sobre el fondo», dijo el especialista en respuesta a Bloomberg Línea.
Y agregó que, más allá de esta suspensión, “el principal impacto hasta ahora ha sido reputacional”, debido a que “los tribunales estadounidenses no cuentan con mecanismos prácticos para forzar la entrega de acciones bajo jurisdicción extranjera, lo que ya limitaba significativamente el alcance legal de la ejecución”.
Según explicó el abogado Sebastián Soler, ex procurador del Tesoro, la extensión de la suspensión temporal dispuesta por la Cámara tiene dos opciones. Una de esas será “hasta que acepte el pedido de Argentina de prolongar la suspensión hasta que la misma Cámara resuelva la apelación argentina sobre la sentencia de fondo de Preska”.
Mientras que la otra opción que tiene la Cámara es “rechazar el pedido de Argentina de prolongar la suspensión y permitir que recobre vigencia la orden de Preska”.
Esa decisión sería a partir del 22 de julio, pero no tiene plazos.
*BL/ by Mariano Espina