7 noviembre, 2022
La flota amarilla de Chubut y el gremio que representa a los capitanes sellaron un acuerdo de actualización salarial, fijándose el valor del kilo langostino al barrer en 226 pesos. También se estableció nuevo precio para merluza y anchoíta.
Un nuevo avance en las negociaciones entre la flota amarilla de Rawson y los gremios se registró este jueves, al acordarse un esquema de incremento salarial con el sector de capitanes y patrones. La CAFACh y la Asociación Argentina de Capitanes, Pilotos y Patrones de Pesca suscribieron este jueves un acta acuerdo de recomposición salarial y pago de las especies capturadas para el sector de oficiales.
El sector empresario estuvo representado por Gustavo González y por el sindicato firmó el capitán Héctor Horacio Comerio. Lo pautado es de similares características a lo que aceptó el Siconara hace diez días.
Gustavo González y Héctor Comerio firmaron el acuerdo de 62,1% para Capitanes
Los capitanes y la flota amarilla consensuaron en incrementar y establecer mediante ajuste por inflación el 62,1 por ciento, tomando el índice inflacionario de los meses de octubre 2021 a septiembre 2022, por cuanto a partir del 1 de octubre de 2022, el valor del kilogramo de la especie langostino al barrer se fijó en la suma de doscientos veintiséis pesos con ochenta y tres centavos ($ 226,83). Se toma como referencia a los efectos del cálculo, que los cajones deberán contener 18 kilogramos de langostino y 17 kilogramos las denominadas ‘cajitas’.
Asimismo, prosiguiendo con el índice de ajuste, se acordó pautar el valor del kilogramo de las especies merluza y anchoa en la suma de treinta y ocho pesos con setenta y ocho centavos ($ 38,78), por cuanto el cajón de tales especies tendrá un máximo de 33 kilogramos.
Con el resultado total de este aumento pactado, el 30 por ciento tendrá carácter de no remunerativo hasta el 30 de abril de 2023. A partir del 1 de mayo de 2023 dicho porcentual del 30% pasará a remunerativo. Se aclaró que dichas sumas integran el cálculo a los efectos de las liquidaciones del sueldo anual complementario (SAC), vacaciones ordinarias y extraordinarias, francos, cuota sindical y obra social, como así también en caso de despido integrarán las indemnizaciones en los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Finalmente, se acordó que la vigencia del acuerdo de naturaleza salarial será operativa desde el 1 de octubre de 2022 hasta el día 1 de abril de 2023.