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2 mayo, 2022

Estafa con terrenos de Seros: impugnarán ante el STJ el fallo absolutorio

Lo aseveró el presidente del ISSyS, Alfredo Prior, quien sostuvo que la sentencia absolutoria de los camaristas es «arbitraria». Los imputados son los comisarios retirados Juan Carlos Rossi y Nelson Quilaleo y el escribano Pablo Fossati.

Estafa con terrenos de Seros: impugnarán ante el STJ el fallo absolutorio

El presidente del Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS), Alfredo Prior, confirmó que apelará ante el Superior Tribunal de Justicia el fallo de la Cámara Penal de Trelew que absolvió a Juan Carlos Rossi, Leandro Quilaleo y al escribano Pablo Fossati, quienes habían sido condenados en primera instancia en la causa en la que se investigó la venta irregular de terrenos pertenencientes al ISSyS.

Prior consideró que la sentencia absolutoria de los camaristas es «arbitraria» e informó que el directorio del ISSyS instruyó a la querella, respresentada por los abogados Mateo Rossio y Pablo Aguilera, para que presenten ante el STJ una impugnación extraordinaria.

«Era esperable que la Cámara evalúe pero no que pongan en duda la resolución inicial. Este fallo asombra a la comunidad en general», sostuvo el funcionario en declaraciones radiales.

«No hay fundamentos contundentes para revertir el fallo de la jueza González», aseveró Prior.

La querella dispone de 10 días hábiles para efectuar la impugnación ante el Superior Tribunal y fundamentó que «la sentencia es arbitraria, porque no está debidamente fundamentada -y- carece de fundamento jurídico y omite notoriamente referirse a las cuestiones de fondo que estaban en debate en el proceso».

Aguilera y Rossio precisaron que la impugnación buscará que sea revocado el fallo absolutorio de los camaristas, e insistieron en que la Cámara de Apelaciones «no resuelve el fondo de la cuestión, esgrimiendo una cuestión procesal que es la falta de certeza respecto de la falsificación de la firma de Mantenga sin ahondar en otras cuestiones probadas que demuestran su falsificación».

«El fundamento de la absolución es por aplicación del principio In dubio pro reo, pero en ningún momento los camaristas explicaron cómo llegaron a esa conclusión y no resolvieron tampoco la cuestión de fondo», concluyeron los abogados del ISSyS.

 

*R3CP