ChubutLine.com "Periodismo Independiente" - Noticias, política y un análisis de la realidad diferente - directora@chubutline.com - redaccion@chubutline.com



8 julio, 2024

QUIENES SON LOS RESPONSABLES DE PERJUDICAR CASI EN UN MILLÓN DE DÓLARES A LOS COMODORENSES Y CUANDO SE DEFINE LA PENA

Emergencia Climática y fraude en Comodoro: dos exfuncionarios de Linares, un empresario y siete empleados municipales declarados culpables

Diez personas fueron declaradas culpables de fraude en perjuicio de la administración pública en Comodoro durante la gestión de Carlos Linares. Los jueces Nicosia, Cosmaro y Tedesco dieron a conocer su resolución y la pena se conocerá el 29 de Julio próximo.

Según el proceso judicial, los testimonios y los documentos presentados fueron contundentes en demostrar trabajos inexistentes o sobrefacturados en el marco de una sitación pública límte como fue la emergencia climpatica que devastó a Comodoro Rivadavia. Según los calculos estimativos el perjuicio económico contra la ciudad por los fraudes cometidos, habrían ascendido a más de 900 mil dólares. La próxima etapa del juicio será el debate sobre la pena, donde se mantendrían las pretensiones punitivas originales, con penas de cumplimiento efectivo de hasta seis años de prisión.

Diez personas fueron declaradas culpables de fraude en perjuicio de la administración pública en Comodoro durante la gestión de Carlos Linares.

Resolución judicial

El tribunal presidido por el Dr. Mariano Nicosia e integrado por sus pares Martín Cosmaro y Carlos Tedesco dieron a conocer este lunes por la mañana su resolución respecto a la causa judicial conocida como “Emergencia Climática I”, la cual investigó el accionar de funcionarios municipales, empresas y contratistas particulares respecto a la contratación de servicios para mitigar las consecuencias del temporal que afectó a Comodoro Rivadavia entre fines de marzo y principios de abril de 2017.

En un extenso veredicto, cuya lectura se inició pasadas las 9 de la mañana de este lunes y culminó después del mediodía, los magistrados declararon penalmente responsables del delito de fraude a la administración pública a los ex funcionarios municipales Abel Horacio Boyero y Rubén Daniel Palomeque, como así también al empresario Roberto Adel Monasterolo en los autos caratulados ‘Ministerio Público Fiscal s/ Investigación de Oficio (Emergencia Comodoro Rivadavia)»

También fueron declarados penalmente responsables los trabajadores municipales Rubén Darío Sartori, Joaquín Luciano Mansilla, Juan Carlos Lara y Eduardo Marcelo Van Heerden. Además, fueron condenados Cristian Leonardo Pérez, Javier José Morales y Cristian Hernán Lobos Rozas.

Por su parte, el empleado municipal Ernesto Alejandro Herk fue absuelto, en tanto que los empresarios Gonzalo Sebastián Pérez y Esteban Julián Astiz fueron sobreseídos.

Tras la resolución, el día 29 de julio de 2024 a las 9:00 se debatirá la pena a imponer a los responsables penales. Contemplan de 1 a 6 años de prisión

Deplorable estafa pública

La investigación se inició a raíz de la tormenta denominada como «ciclón extra-tropical» que golpeó Comodoro Rivadavia del 29 de marzo al 9 de abril de 2017. Las lluvias de casi 400 mm provocaron severos daños en la ciudad, inundando calles y viviendas. El 5 de abril de 2017, el Consejo Deliberante de la localidad declaró la emergencia económica, social y administrativa, lo que le permitió al gobierno local contratar empresas de manera directa para la remoción del lodo dejado por la tormenta.

Cabe destacar que en esa época el intendente era Caros Linares, actual senador nacional, el gobernador de Chubut era Mario Das Neves, y el presidente de la Nación era Mauricio Macri.
Y el caso fue disparado por una declaración pública del exSubsecretario de Planificación Territorial de Inversión Pública de la Nación, Fernando Álvarez de Celis.

La investigación se inició a raíz de la tormenta denominada como «ciclón extra-tropical» que golpeó Comodoro Rivadavia del 29 de marzo al 9 de abril de 2017. Las lluvias de casi 400 mm provocaron severos daños en la ciudad, inundando calles y viviendas. El 5 de abril de 2017, el Consejo Deliberante de la localidad declaró la emergencia económica, social y administrativa, lo que le permitió al gobierno local contratar empresas de manera directa para la remoción del lodo dejado por la tormenta.

Mientras la ciudad de Comodoro vivía una catástrofe y las pérdidas eran cuantiosas para los vecinos, un grupo de funcionarios públicos y empresarios hicieron diferencias por más de 900 mil dólares.

Al tratarse de manejos sospechosos de fondos nacionales, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió quitarle al entonces fiscal Héctor Iturrioz la causa por tratarse de manejos sospechosos de fondos nacionales, y pasó a investigarla el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2 de Capital Federal. Después, la causa volvería al fuero provincial y hasta hubo dudas sobre su avance, con amague del gobierno de Ignacio Torres de denunciar a los fiscales por haber solicitado el sobreseimiento de exfuncionarios de la gestión de Carlos Linares por “falta de pruebas”, mientras que sí avanzaron en el juicio contra los empresarios

“Vi que entre los implicados Linares no está, en lo que a mí respecta el que me insultaba que no quería darle esos 160 millones era Carlos Linares. Desde el punto de vista político era irrisorio que el jefe político cuando uno dice que hay casos de corrupción lo que hacía era insultarme y defender a los miembros del Municipio”, indicó en abril pasado Fernando Álvarez de Celis, que declaró como testigo y  era secretario de Planificación Territorial de la Nación.

“La Justicia de Chubut ya demostró que se pueden meter con funcionarios de peso cuando han incumplido su rol. Parece que en el municipio de Comodoro es un poco más difícil, pero espero que la Justicia llegue para rodos los que han robado en la peor catástrofe de Comodoro”, había insistido en su momento  Álvarez de Celis.

El ciclón extra-tropical que golpeó Comodoro Rivadavia del 29 de marzo al 9 de abril de 2017 ‘enterró’ a algunos y benefició a otros, que aprovecharon para alzarse con dineros públicos. El responsable político de la ciudad era Carlos Linares

Resolución de Veredicto

En el primer punto de la parte resolutiva del fallo, el tribunal declaró la nulidad parcial del requerimiento de acusación pública ingresado por el Fiscal General Héctor Iturrioz en fecha 09 de noviembre de 2021 y del auto de apertura de juicio pronunciado por la Jueza Penal María Laura Martini, en fecha 29 de noviembre de 2023, por no haber ninguno de esos actos procesales cumplido su finalidad comunicativa del reproche y de delimitación del objeto procesal en relación a los acusados Gonzalo Sebastián Pérez y Alberto Julián Astiz.

En el segundo punto del veredicto, los jueces dictaron el sobreseimiento definitivo de Gonzalo Sebastián Pérez y la misma resolución alcanzó a Julián Alberto Astiz, ambos imputados por presunto fraude en perjuicio de la Administración Publica en carácter de autor y que tenían como damnificada a la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, “por no adecuarse los hechos enrostrados en la acusación y el auto de apertura de juicio a figura legal alguna, ni ser factible el saneamiento o la renovación de esos actos procesales defectuosos.

En los subsiguientes puntos del fallo, el tribunal declara penalmente responsable a Cristian Leandro Pérez, Roberto Adel Monasterolo, Javier José Morales, Cristian Hernán Lobos por el delito de Fraude en Perjuicio de la Administración Publica en calidad de autor

Al mismo tiempo declaró a Rubén Daniel Palomeque penalmente responsable del delito de Fraude en Perjuicio de la Administración Pública en carácter de cómplice primario. La misma calificación legal alcanzó al ex funcionario municipal Abel Horacio Boyero.

En el caso de Joaquín Luciano Mansilla se lo condenó por ser autor penalmente responsable del delito de Fraude en Perjuicio de la Administración Pública en carácter de cómplice primario, en concurso ideal con Falsedad Ideológica de Instrumento Publico en carácter de autor. La misma calificación legal alcanzó a Rubén Darío Sartori, a Juan Carlos Lara y a Eduardo Marcelo Van Heerden.

Por otra parte, el los jueces Nicosia, Cosmaro y Tedesco absolvieron a Ernesto Alejandro Herk de los delitos imputados

También declararon abstracta la pretensión de declaración de inconstitucionalidad de los artículos 242 apartado tercero y 251 del CPP articulada por el defensor del acusado Abel Horacio Boyero, en orden al modo por el que se resuelve la imputación y ser de aplicación los artículos 29 inciso tercero del CP y 241 del CPP y 29 inciso tercero del CP.-

Tras a dar a conocer el veredicto, se fijó para el día lunes 29 de julio de 2024 a las 9:00 la audiencia de cesura para debatir la pena a imponer a los responsables penales.

 

*Con info de PSTJ/Redación CHL