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22 septiembre, 2023

Embrujo efectivo- la Corte Suprema confirmó las condenas a Correa, Luthers, Ramón y Souza, pero ya están todos libres

La Corte Suprema ratificó esta semana las condenas a los 4 imputados en la Causa Embrujo que habían reclamado al máximo organo judicial, pero pasado el tiempo y parte de las detenciones ninguno de ellos deberá regresar a prisión, aunque si completar en el término de 5 días los montos indeminizatorios, que son mínimos en relación al perjuicio al estado valuado en casi $50 millones hace unos 7 años.

 

El fallo de la CSJ

Con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal nacional rechazó los recursos presentados por los abogados de Diego Miguel Correa, Diego Lüthers, Juan Carlos Ramón y Daniela María Souza.

Lo paradógico del hecho es que pese a la confirmación del máximo organismo de justicia, no quedó ninguno de los 4 ‘culpables’ preso a esta altura de los acontecimientos, debido al paso del tiempo y el cumplimiento parcial de las condenas.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas impuestas a Diego Miguel Correa, exsecretario privado del gobierno, y otras tres personas por hechos de corrupción cometidos entre 2015 y 2017, que salieron a la luz en medio de la trama de defraudación al Estado más icónica que vivió esa provincia, que involucró a miembros del Gabinete del exgobernador Mario Das Neves, empresarios y hasta una amante despechada y un manosanta. “El Embrujo” fue precisamente el nombre de uno de los expedientes que se desprendieron de esa megacausa por corrupción.

Los secretarios en el banquillo antes de purgar un tiempo de cárcel

 

En el expediente que llegó a la Corte se acreditó que Correa creó sociedades que, mediante su intervención como funcionario público provincial, fueron beneficiadas a través de la adjudicación de contrataciones perjudiciales para la administración pública provincial. Por su parte, Diego Luthers fue acusado de formar parte de la asociación ilícita en su carácter de secretario privado de Correa.

A Daniela María Souza, en tanto, se le atribuyó realizar actos para ocultar que Correa era el verdadero titular de los bienes adquiridos, y a Juan Carlos Ramón se le imputó intervenir en los procesos de contratación entre el ente provincial y la firma Dual Core S.R.L. mediante la presentación de un falso presupuesto alternativo, superior al de esa empresa, para posibilitar que la obra se le adjudicase a Dual Core por resultar más conveniente.

¿Quién era Ramón? El capataz de las obras de Dual Core, la empresa de Correa. Y en las escuchas ordenadas por la Justicia aparecía consultando a un manosanta colombiano. ¿Qué le pedía al brujo? Consejos para despegarse de Correa.

Sucede que Ramón también se había convertido en empresario: creó Construyendo, una firma que competía con Dual Core en las licitaciones provinciales. Siempre perdía, pero generaba la impresión de que había una puja real.

Correa fue condenado a 10 años de prisión, multa de más de 22 millones de pesos e inhabilitación perpetua por ser jefe de una asociación ilícita, enriquecimiento ilícito, defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública provincial, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y autolavado de activos.

 

Trama casi de Netflix

La investigación inicial surgió luego de que una secretaria, despechada por un amor roto con un funcionario de Das Neves, dejó un sobre papel madera en las escaleras de la Legislatura, dirigido a diputados de la oposición, con destalles sobre cómo el gobierno provincial había malgastado 46 millones de pesos destinados a socorrer a Comodoro Rivadavia, que en marzo de 2017 había sido devastada por un alud de barro que dejó a 3000 personas sin techo.

El ‘sobre bomba’ en la Legislatura- Un acusación que terminpo ‘sacrificados’ a funcionarios de tercer línea del gobierno y que dejó la sensación de punta de iceberg en cuanto a la trama de corrupción que quedó bajo las profundidades de la política chubutense y probablemente nunca emergerá

 

Pero el caso tomó impulso cuando Correa asentó su domicilio en el expediente judicial y los investigadores constataron que era el mismo de Dual Core, la empresa beneficiada con compras millonarias. El acelerón final lo dio la minuciosidad de Luthers: el secretario de Correa había registrado minuciosamente en una tabla de Excel los ingresos y gastos de la caja negra de supuestos sobornos. Y guardó fotocopias de los cheques con que pagaban las empresas.

Luthers recibió cinco años de prisión, inhabilitación perpetua y una multa de 750.000 pesos. Mientras que Souza y Ramón fueron condenados a cuatro años y tres años y tres meses, respectivamente.

Las defensas apelaron la sentencia. Los planteos llegaron hasta la Corte que, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, los rechazó. De esta manera, las condenas quedaron firmes.

Todos en libertad

En marzo de 2023 la jueza, Ana Karina Breckle, le dio la razón al abogado defensor Fabián Gabalachis y redujo la condena de Diego Correa, principal imputado y condenado en las causas denominadas «Embrujo», «Revelación» y «Emergencia Climática» que debía cumplir 10 años de prisión segun el fallo de la justicia. Recién el 7 de noviembre de 2024 se cumplirían las dos terceras partes de la condena como para acceder a la libertad condicional, pero su abogado defensor Fabián Gabalachis, apeló a la ley de estímulo educativo con lo que pudo reducir 20 meses a esas 2/3 partes y presentó un cargamento de certificados de presuntos cursos realizados por el condenado, con lo que la jueza Ana Karina Breckle le concedió la libertad.

Dos para los récord Guiness- La capacidad argumentativa del abogado y la del aprendizaje de Correa con más  de 35 cursos, diplomaturas y títulos obtenidos en prisión, con los que logró ni siquiera cumplir las 2/3 partes de la condena. El más notable es el Curso de Observación de Aves desde el interior de la cárcel. La Justicia asombrada y rendida ante Gabalachis

 

Todo ante el enfático reclamo del Fiscal Anticorrupicón, Omar Rodríguez y la perplejidad de la sociedad: «Es necesario que el curso de formación profesional para ser reconocido para el cómputo de pena sea anual o equivalente, que contenga un contenido significativo, con una carga horaria considerable más allá de la duración en el tiempo y que sea de formación profesional que eventualmente pondrían al interno en condiciones de aplicar una hipotética convocatoria laboral una vez recuperada la libertad», cuestionó en su momento la Fiscalía, quien consideró que solamente «5 de los cursos aportados como computables para el descuento de por estímulo educativo en función de la ley, a partir de lo expresado a la jurisprudencia».

 

Los cursos y las trampas de la ley

El artículo 140 de la Ley 24.660 establece que se reducirán los plazos para acceder a beneficios a medida que los detenidos completen y aprueben estudios primarios, secundarios, terciarios, universitarios, de posgrado o trayecto profesional. Los detenidos pueden acumular hasta un máximo de 20 meses por estímulo educativo.

Increíblemente Correa afirmó que cursó un dictado sobre Género y Abordaje de Violencias (Universidad de Córdoba); instalador electricista habilitado Categoría III (Universidad de Córdoba); construcción de Termotanques solares (Universidad de Córdoba); construcción de azudes para almacenamiento de agua de lluvia (Universidad de Córdoba); Prevención de la obesidad en niños, niñas y adolescentes (Sociedad Argentina de Pediatría); Prevención del suicidio adolescente (Sociedad Argentina de Pediatría); Prevención del Embarazo en la Adolescencia (Sociedad Argentina de Pediatría); Carpintería (Ministerio de Seguridad).

Además, tuvo tiempo para aprobar una Diplomatura en Educación Física, Deporte y recreación (Fundación Universitaria); una Diplomatura en Gestión y Organización de Eventos (Fundación Universitaria); una Diplomatura en Violencia, Maltrato y Abuso sexual Infantil (Fundación Universitaria); una Diplomatura en Psicopedagogía (Fundación Universitaria); una Diplomatura en Marketing y Planeamiento Estratégico (Capacitarte); una Gestión de trámites del automotor (Instituto Nacional de Desarrollo Académico); cursó Historia y Gestión del Turismo Social en Argentina (Ministerio de Turismo y Deporte de Nación); Accesibilidad Comunicacional en Turismo (Ministerio de Turismo y Deporte de Nación); Ampliar destinos: Marketing y Comercialización (Ministerio de Turismo y Deportes de Nación); Turismo de Reuniones (Ministerio de Turismo y Deportes de Nación); Enoturismo (Ministerio de Turismo y Deportes de Nación); Servicios Turísticos (Universidad de Córdoba); Gestión Operativa de Servicios de Alojamiento (Universidad de Córdoba); Mecánica Básica del Automotor (Universidad Nacional de Córdoba); Mecánica Básica del Automotor (Universidad Nacional de Córdoba); Introducción a los Derechos Humanos (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Nación); Encuentro sobre Derechos Humanos (Universidad de Córdoba).

También Habilidades Comunicativas para el aula Universitaria (Universidad de Córdoba); Producción de Alimentos Artesanales: Conservas, Confituras y Productos lácteos (Universidad de Córdoba); Jardinería Vertical y cuadros vivos (Universidad de Córdoba); Cultivo Hidropónico en Casa (Universidad de Córdoba); Metodologías y Herramientas de Gestión de Proyectos (Universidad de Córdoba); Dirección y Gestión de Proyectos (Universidad de Córdoba).

Y Formación en Buenas Prácticas ciudadanas y Lineamientos Básicos de Derecho Penal; Observación de Aves Silvestres (Ministerio de Turismo y Deportes); Inglés Turístico (Ministerio de Turismo y Deportes); Turismo de Naturaleza en Argentina (Ministerio de Turismo y Deporte); Mi propio Jardín (Campus Virtual de la Universidad de Córdoba); Nuestras propias semillas (Campus Virtual de la Universidad de Córdoba).

Todo esto lo habría convertido a Correa en un verdadero genio del aprendizaje bajo encierro y pese a lo que podría inferirse como exageraciones documentales de la defensa que requerirían de algún sentido común de duda, la jueza convalidó sin dudar tamaño bagaje de saberes y le otorgó la libertad condicional.

Los otros tres detenidos accedieron también al corto plazo, en 2020, a cumplir de manera ambulatoria primero y domiciliaria luego sus respectivas condenas mucho menores.

El detalle será ahora ver si cumplen con el pago de los dispuesto por la condena, que en el caso de Correa asciende a $20 millones.

La Corte Suprema confirmó las condenas de los 4 imputados en la Causa Embrujo, pero apenas se trata de una formalidad porque ya están todos en libertad. 

 

¿Y el brujo?

Dicen que al final de cuentas al que deberían darle por lo menos un reconocimiento es al «manosanta» que asesoraba a parte de los acusados en esta causa, porque terminaron todos eximidos y probablemente con parte del dinero del estado invertido. Hubo tiempos que hasta habían trascendidos viajes al exterior y consultas de compra de terrenos en lugares paradisíacos. Pero todo ello quedó en la leyenda popular paralela al formal proceso cerrado.

El brujo, de nacionalidad colombiana a quien, según algunas escuchas, el «capataz» de la empresa fantasma de Correa, el conocido «Tato» Ramon le pedía continuamente consejos sobre cómo proceder frente a su jefe, al que sospechaba de utilizarlo sin compensarlo debidamente.

El ‘brujo’ dicen que le daba consejo puntuales y ‘psicomágicos’ como llenar un vaso con agua y dejarlo unas horas en determinado lugar, y según la temperatura que luego adquiriera el agua, él debía obrar de un modo u otro. Dicen que en las escuchas se percibía recelo de Ramón hacia Correa y un sometimiento que llegó a requerir servicios de ese guía espiritual que terminó dando carátula a una causa propia para una miniserie.

Si bien en un primer momento se le achacó al brujo haber fallado, visto los resultados finales de la causa, hay que decir que el conjuro dió finalmente resultado.

Y colorín colorado, nadie quedó imputado.

 

Los enlaces disponibles:
1) A los servicios del brujo https://search.visymo.com/ws?q=brujo%20colombiano&asid=vis_inx_ar_gc04&mt=b&nw=g&de=c&ap=&ac=39
2) A los fallos de la CSJ
CSJ 750/2022/RH1 Correa, Diego Miguel s/ asociación ilícita (Diego Miguel Correa) http://scw.pjn.gov.ar/scw/viewer.seam? id=%2BkqzNOwPDbtrjYX4L5XJUpnQqr8f%2F05OhhHM3QmjuD8%3D&tipoDoc=sentencia&cid=98084
CSJ 751/2022/RH1 (Diego Luters) http://scw.pjn.gov.ar/scw/viewer.seam?id=loWDGymq2BruKtjH7CGBgGwYGy%2Beh1qztCDj7EcsRGQ%3D&tipoDoc=sentencia&cid=98197
CSJ 752/2022/RH1 (Juan Carlos Ramón) http://scw.pjn.gov.ar/scw/viewer.seam?id=YHd2WxpUmeH2N6A1PmovL7R1EnLHV6KVC2XBXNA9lHQ%3D&tipoDoc=sentencia&cid=98317
CSJ 753/2022/RH1 (Daniela María Souza) http://scw.pjn.gov.ar/scw/viewer.seam?id=g1uCAD8avCJBinOEFRSNQS%2BeSWp06JCTWjJNH8vEoUo%3D&tipoDoc=sentencia&cid=98425

 

*CSN/ACJ/LN, propios