13 mayo, 2022
El Tribunal Oral Federal número uno de La Plata condenó a prisión perpetua a los ex policías bonaerenses Miguel Osvaldo Etchecolatz y a Julio César Garachico, (exgerente del Casino de Puerto Madryn) por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en el Centro Clandestino de Detención conocido como “Pozo de Arana”.
El tribunal, conformado por los jueces Andrés Basso, José Michilini y Alejandro Esmoris, dio a conocer el veredicto en relación con los delitos de “privación ilegal de la libertad, aplicación de tormentos y homicidio calificado” en perjuicio de Jorge Julio López, Norberto Rodas, Alejandro Emilio Sánchez, Patricia Dell Orto, Francisco López Muntaner, Efraim Guillermo Cano y Ambrosio De Marco.
Garachico fue condenado, además, por los secuestros y torturas de siete personas en el excentro clandestino, incluido López. Entre las victimas de este caso está Francisco López Muntaner, uno de los estudiantes secuestrados en el episodio conocido como La Noche de los Lápices.
En el caso de Jorge Julio López, la condena no se relaciona con su desaparición sino con el secuestro y las torturas que padeció durante la dictadura, y por las que estaba declarando en 2006, cuando fue visto por última vez.
Justamente en aquel juicio, López describió los padecimientos del resto de las víctimas de este juicio.
Etchecolatz fue condenado como coautor de los asesinatos de Rodas y Sánchez, en tanto que Garachico –actualmente en prisión domiciliaria- fue hallado responsable de los homicidios de Dell Orto, De Marco y Rodas.
El tribunal también solicitó al Poder Ejecutivo bonaerense las bajas al estado policial por “exoneración” de Garachico y Etchecolatz y exhortó a erigir en el predio en el que funcionó el Destacamento de Arana un Espacio para la Memoria.
El Pozo de Arana funcionó hasta 1977 en la Delegación Cuatrerismo de la Policía Bonaerense, un predio policial situado en la periferia de la ciudad de La Plata.
Etchecolatz fue director de Investigaciones de la Policía bonaerense, en tanto que Garachico ocupó el cargo de jefe de calle de la Unidad Regional La Plata.
En la apertura del juicio, en agosto de 2021, Etchecolatz leyó un escrito y anunció que no respondería a ningún interrogatorio durante el juicio porque “hacerlo convalidaría la ilicitud de esta causa y, más aun, avalaría su actuación cuando violan sádicamente la Constitución Nacional».
Como ya lo había hecho en otros juicios anteriores (sobre Etchecolatz pesan una decena de condenas a perpetua), el ex lugarteniente del gobernador de facto bonaerense Ramón Camps espetó al tribunal: «¡Ustedes no son mis jueces naturales, ustedes están violando la Constitución Nacional!».
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”Se condena a Miguel Osvaldo Etchecolatz a la pena de prisión perpetua como coautor del homicidio calificado por alevosía, por el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Norberto Rodas y Alejandro Sánchez agravado por violencia o amenazas en dos o más oportunidades con agravante en cuanto a que la aplicación de tormentos a un perseguido político”, expresó el presidente del Tribunal, Andrés Basso, al leer esta tarde el veredicto para el multicondenado Etchecolatz.
“Los hechos fueron crímenes de lesa humanidad y así deben ser calificados”, dijo el Tribunal Federal N°1 de esta capital al declarar imprescriptibles los crímenes considerados de guerra. El Tribunal rechazó también un pedido de la defensa para no juzgar a Etchecolatz en razón de tener un condena previa por genocidio.
El 13 de julio se conocerán los detalles del fallo, que no conformó totalmente a los querellantes de Justicia Ya.
Los imputados no estuvieron presentes en la sala de los Tribunales Federales de La Plata: Etchecolatz siguió la lectura del fallo desde el penal de Ezeiza y Garachico, en su casa, done cumple prisión domiciliaria.
Los jueces Basso, José Michilini y Alejandro Esmoris analizaron lo que sucedió con siete personas que estuvieron en el Pozo de Arana. Solo dos de ellas sobrevivieron, pero fue el empeño de López el que permitió saber qué pasó con cada uno de sus compañeros. Su testimonio –incorporado al comienzo del debate– fue la prueba fundamental.
López está desaparecido desde el 18 de septiembre de 2006 después de declarar y querellar contra Etchecolatz en el primer juicio que se hacía en La Plata tras la reapertura de las causas.
Aguardando la sentencia por los crímenes de los genocidas Etchecolatz y Garachico en Pozo de Arana. Por la memoria de las víctimas, sobrevivientes y familiares que tanto lucharon contra la impunidad.
¡Presentes! pic.twitter.com/Vz5RZKDopZ— CeProDH (@ceprodh) May 13, 2022
Los militantes de derechos humanos presentes en la sala irrumpieron con gritos de enojo una vez leída la sentencia dado que el tribunal dispuso que Garachico continuara con prisión domiciliaria.
“Justicia, basura, vos sos la dictadura”, expresaron los militantes. “Bueno, entonces sigue de vacaciones”, se quejaron algunos de los manifestantes, que chiflaron en señal de reprobación a los magistrados. “Que vergüenza”, gritaron familiares y amigos de víctimas presentes.
“Cárcel común, perpetua y efectiva, ni un solo genocida por las calles de Argentina”, reclamaron los manifestantes que por momentos impidieron la lectura del fallo.
Apelarán para que la condena a perpetua a Etchecolaz y Garachico por crímenes de lesa humanidad sea con cárcel efectiva y contra los retrocesos en la calificaciónhttps://t.co/dNQ42v7XuM
— Prensa Obrera (@prensaobrera) May 13, 2022
En concreto tanto Etchecolatz fue condenado por prisión perpetua como coautor de delitos de homicidio calificado por alevosía en dos o más oportunidades, en perjuicio de Norberto Rodas y Alejandro Emilio Sánchez. También fue condenado por privación ilegal de la libertad agravado por violencia y amenazas, más aplicación de tormentos a perseguidos políticos.
Este homicida expresó su voluntad de no recurrir la condena.
En tanto Garachico fue condenado a prisión perpetua como coautor de delito de homicidio calificado en tres o más oportunidades en perjuicio de Norberto Rodas, Ambrosio de Marco y Patricia del Orto. Privación ilegal de la libertad, violencia y amenazas en siete oportunidades, en perjuicio de Norberto Rodas, Ambrosio de Marco, Patricia del Orto, Francisco López Montaner, Guillermo Efrain Cano y Jorge Julio López.
El Tribunal recordó que son los hechos que motivaron el proceso son crímenes de lesa humanidad. Y así deben ser calificados y recordó la imprescriptibilidad de crímenes de guerra y de lesa humanidad. Antes de concluir la lectura del acta, el Tribunal dispuso además que el Poder Ejecutivo de la provincia deberá desafectar a la comisaria de Arana para realizar allí un espacio para la Memoria.
El cierre de la audiencia fue convulsionado: “Ole ole, ole olá. Como a los nazis les va a pasar. Adonde vayan los iremos a buscar”, cantó el público.