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28 abril, 2021

Cuanto y como

Elecciones 2021 y financiamiento: cuánto es el máximo que podrá recibir un partido por parte de privados.

La Cámara Nacional Electoral determinó los límites para las campañas de cada cuadro tanto para las PASO como para las generales. El módulo electoral fue fijado en los $20,50. Quién puede y quién no. Cómo donar.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) fijó los montos máximos que cada aportante privado podrá transferir a un partido o agrupación política para su desenvolvimiento en las campañas de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) y las generales.

De acuerdo a la Ley 26.571 para la «democratización de la representación política, transparencia y equidad electoral», las personas físicas, las sociedades financieras, comerciales, asociaciones civiles, fundaciones y cooperativas pueden realizar aportes destinados exclusivamente al financiamiento de gastos electorales.

Separado por distritos y por instancia electoral, para las primarias en la Provincia de Buenos Aires (el mayor monto del país) el máximo fue establecido en $2.601.918; para la Ciudad de Buenos Aires, en $555.320; Córdoba, en $613.050 y Santa Fe, en $571.086.

En tanto que para Mendoza, otra de las jurisdicciones con mayor cantidad de electores habilitados y que genera una contienda para el triunfo, el tope fue fijado en los $298.434.

Para los sufragios generales, la Justicia Electoral determinó que en la Provincia de Buenos Aires el máximo es de $5.203.835; en Córdoba, $1.226.101; en Santa Fe, $1.142.171; la Ciudad de Buenos Aires, $1.110.640, y Mendoza, $596.867.

Con motivo de la segunda ola de casos positivos de coronavirus Covid-19, desde el Gobierno se propone diferir hasta septiembre las elecciones primarias y hasta noviembre las generales al fundamentar que no están dadas las condiciones sanitarias.

Tras debatir la idea con el ministro de Interior, Eduardo «Wado» de Pedro, y el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, Juntos por el Cambio demostró, quince días después, su respaldo a la moción.

 

Resultado de montos y medios de donación

 

Según la legislación vigente, el monto máximo que un partido o agrupación puede recibir de un aportante privado es el 2% del resultado que se obtiene al multiplicar el módulo electoral (este año es de $20.50) por la cantidad de electores registrados al 31 de diciembre del año anterior en el distrito correspondiente.

Sin embargo, desde la CNE se indica que «la cantidad exacta de electores habilitados a votar en los comicios de este año se conocerá al momento de la publicación de las listas de electores depuradas -padrón definitivo-, 30 días antes de la elección primaria».

Para realizar aportes en dinero sólo será posible transferencia bancaria, depósito bancario (se requiere acreditar identidad), medio electrónico, cheque, tarjeta de crédito o débito, o plataformas y aplicaciones siempre que éstos permitan la identificación fehaciente del donante y la trazabilidad del aporte.

Una vez realizada la donación, los bancos o administradoras de tarjetas de crédito o débito deben informar al partido la identidad del aportante.

Además, deben permitir el rechazo en caso de que no sea aceptado por el destinatario y sin necesidad de explicar el motivo.

Previamente, los aportantes deben declarar sus donaciones en la plataforma especial de la Cámara Nacional Electoral.

Pero no todas los aportes pueden ser en efectivo debido a que la ley otorga la posibilidad de recibir la prestación de un servicio o la entrega de un bien en forma gratuita, lo que es considerado «donaciones en especie».

En caso de que una donación en especie supere los cinco mil módulos electorales ($102.500) el cuadro o agrupación política suscribirá un acta con el aportante.

«En esta acta deben precisarse los datos de identificación del aportante, del bien o servicio aportado, el monto estimable en dinero de la prestación y la fecha en que tuvo lugar. El monto del aporte efectuado a través de bienes o servicios será computado conforme al valor y prácticas del mercado», remarcó la CNE.

 

*AF