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26 julio, 2024

Conflicto sin fin en pesca: El STIA impugnó una resolucion de la Secretaría de Trabajo y no acataría conciliación

El Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación (STIA) de Chubut presentó una impugnación contra la resolución Nro. 1589/24, emitida el 18 de julio de 2024 por la Secretaría de Trabajo Delegación Regional Comodoro Rivadavia. Según el sindicato, esta resolución incurre en una flagrante infracción al ordenamiento jurídico, evidenciando una desviación y abuso de poder. Por lo tanto, desde el gremio se argumenta que el acto administrativo debe ser declarado nulo y sin validez.

Contexto y Argumentos del STIA

Entre el STIA y la Cámara Argentina Patagónica de la Industria Pesquera (CAPIP.), única cámara empresaria representativa del sector, se firmó un acuerdo paritario homologado por la Secretaría de Trabajo de Chubut bajo la resolución Nº 791/2024. Este acuerdo fue notificado a diversas empresas, incluyendo Badal Talens S.A., Pesquera del Sud S.R.L., Pesca Ecoprom S.R.L., Pesquera Puerto Comodoro S.A., Pescamarina S.A. y Taex S.A.

Posteriormente, la empresa Taex S.A. incumplió con el pago de la actualización salarial a sus trabajadores, lo que llevó a la entidad sindical a iniciar medidas de retención de servicios únicamente contra dicha empresa. Las demás empresas mencionadas no estaban en conflicto en el momento de la emisión de la conciliación obligatoria.

Rechazo a la Conciliación Obligatoria

El gremio de la alimentación rechaza la conciliación obligatoria emitida, argumentando que esta es contraria a los hechos y carece de suficiente motivación. Según el sindicato, la resolución tergiversa la realidad de los acontecimientos, ya que no se había tomado ninguna medida de acción directa que justificara la conciliación obligatoria.

La emisión de una conciliación obligatoria requiere la existencia de medidas de acción directa por parte de una entidad sindical, condición que no se cumplió en este caso, ya que las medidas se limitaban a Taex S.A. y no a las otras empresas mencionadas. Por lo tanto, el sindicato sostiene que la aplicación de esta medida por parte de la Secretaría de Trabajo es arbitraria y debe ser anulada por carecer de los requisitos normativos necesarios.

Cuestionamiento de la Representación Patronal

Además, desde el gremio, se cuestiona la legitimidad de la «Cámara Pesquera del Golfo de San Jorge» como denunciante, argumentando que esta carece de legitimación y representación patronal en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo 372/04 y sus modificaciones. Según el sindicato, la única cámara empresarial representativa del sector es la C.A.P.I.P., por lo que cualquier pretensión de representación por parte de la Cámara Pesquera del Golfo de San Jorge es contraria a derecho.

Solicitud del Sindicato

En conclusión, el STIA solicita a la Secretaría de Trabajo de la Provincia que deje sin efecto la resolución de conciliación obligatoria, declarando su nulidad por ser contraria a derecho y carecer de causa y motivación suficiente. El sindicato también pide que se desestime la denuncia realizada por una cámara empresarial ajena al ámbito de negociación paritario y colectivo, excluyéndola de cualquier discusión en sede administrativa por carecer de toda legitimidad.

Así las cosas, la espiral autodestructiva del sector pesquero no para .La actividad del langostino experimenta una etapa de rentabilidades negativas y pese a esto los gremios siguen presionando para alcanzar acuerdos paritarios de difícil implementación. Un escenario difícil de sostener en el tiempo, afirman los entendidos.