24 noviembre, 2025
El Ministerio Público Fiscal, acompañado por la querella particular, logró rebatir los cuestionamientos de la defensa particular de Nicolás Maximiliano Esteban, Cristian Alejandro Esteban y Marta Traico y la Cámara Penal de la jurisdicción confirmó íntegramente la sentencia condenatoria.
De esta forma, la Justicia ratificó las penas impuestas a Nicolás Maximiliano Esteban y Cristian Alejandro Esteban a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito de estafa. Además, se confirmó la condena de Marta Traico a dos años de prisión de cumplimiento condicional por el delito de encubrimiento agravado.
El caso se centró en la sustracción de una millonaria suma de dinero, compuesta por los ahorros familiares de una mujer octogenaria que los custodiaba en su domicilio.
Los jueces de la Cámara desestimaron el argumento de la defensa sobre la falta de acreditación del dinero robado. En su resolución, destacaron que «a nadie en su sano juicio se le ocurriría exigir» a un ciudadano llevar un registro contable de sus ahorros personales guardados en casa para justificar su reclamo tras un robo o estafa.
La Fiscalía logró acreditar no solo la cantidad de dinero sustraído, sino también la capacidad de ahorro de la víctima, dándole total coherencia a sus dichos. Se señaló también la particular vulnerabilidad de la víctima, un factor clave, dado que «en muchos delitos la víctima es indiferente, pero en otros es elegida», como ocurrió en este caso donde la efectividad del engaño dependía de las condiciones particulares de la damnificada.
Además de las penas de prisión, el tribunal ratificó la condena solidaria de los tres imputados a pagar a la víctima restituyéndole el dinero sustraído, mas los intereses correspondientes y una cuantiosa suma en concepto de daño moral, más los intereses.
Respecto a la prueba, el nuevo fallo desestimó los planteos de «prueba ilegal» y «errónea interpretación». La Fiscalía logró resolver el caso con un sólido andamiaje probatorio, utilizando una combinación de prueba directa e indicios que, unidos, crearon un «rompecabezas» que apuntó en una dirección unívoca, dejando sin sustento la postura de la defensa.
No fue simplemente una llamada: fue una campaña de llamados a 46 teléfonos
Lo que podría parecer un acto aislado de oportunismo fue, en realidad, una operación sistemática y a escala. Durante la audiencia, el procurador de fiscalía Ismael Cerda, expuso que de manera simultánea al llamado que engañó a la víctima, los acusados realizaron llamadas a 46 personas mayores en Esquel.
No se trató de una llamada al azar que encontró un blanco fácil, sino de una campaña masiva y premeditada en busca de la persona más vulnerable que cayera en la trampa.
El caso también reveló una compleja trama familiar donde la madre de los acusados jugó un papel crucial. • Su camioneta Toyota SW4 fue utilizada para transportar el dinero.
• Dentro de su vehículo se encontró un ticket del Banco Chubut por una extracción de la cuenta del esposo de la víctima.
• Fue grabada por las cámaras de su propio domicilio ayudando a sus hijos a trasladar y contar el dinero (una operación que demandó más de dos horas).
Frente a esto, la defensa argumentó que, de haber participado, debía aplicarse la «excusa absolutoria» por su vínculo de parentesco. Sin embargo, la fiscalía refutó esta idea con vehemencia, sosteniendo que ella actuó con «ánimo de lucro».
Irónicamente, una estafa que comenzó con una simple llamada a un teléfono fijo fue desmantelada gracias a un metódico seguimiento tecnológico. La fiscalía presentó un rastro digital irrefutable que conectó cada punto de la operación: seguimiento por geolocalización, análisis de comunicaciones y cámaras de seguridad