“En ese caso fue un solo hecho y una sola víctima –recordó el abogado, en diálogo con Actualidad 2.0-. Fue un hecho ocurrido en la escuela, en horario escolar, por parte del docente. La familia había tomado conocimiento a partir del relato de la víctima (de 7 años) y el hecho fue calificado como abuso sexual simple, agravado por ser cometido por un encargado de la educación”.
Para ese tipo de delitos, la pena prevista por la ley es de un mínimo de 3 y un máximo de 10 años, en tanto el docente involucrado fue condenado a 5 años de prisión de cumplimiento efectivo. “Desconozco las circunstancias de lo ocurrido en este caso –dijo el abogado, en referencia a la denuncia de estos días-, pero esa más o menos sería la pena posible para una persona que comete este tipo de hechos”.
La importancia de la cámara Gesell y por qué no es conveniente apurar los tiempos
Vidal se refirió a los pasos procesales y los tiempos de la justicia para investigar cada uno de los hechos. “Si bien uno entiende el sentir de las víctimas, es importante que se realicen unas cuantas cuestiones antes de llegar a un resultado positivo –explicó-. Entre ellos tenemos la realización de la Cámara Gesell, los relatos de cada una de las víctimas y de los psicólogos que van a tratar esta situación. Estamos ante un caso de una complejidad importante, donde por lo que sabemos hay muchas víctimas y se debe investigar a fondo cada uno de los hechos denunciados y verificar que haya sucedido cada uno de ellos. Mucho más en este caso, en el que estamos ante menores muy pequeños y debemos tener cautela por el trabajo que deben realizar los profesionales”.
En ese marco, explicó que la cámara Gesell (que es el dispositivo a partir del cual se realiza la entrevista a las víctimas, por parte de profesionales), a veces es conveniente utilizarla de inmediato y en otros no.
“Cada víctima tiene un tiempo para asimilar y contar lo que le sucedió y en este caso es mucho más complejo por la edad de los niños. En sí, la cámara es la prueba fundamental en este tipo de delito, a partir del relato de la víctima, porque en una situación de abuso no hay testigos, por lo general. Por eso es la prueba fundamental, en la que se busca verificar que no existan incongruencias en el relato, con varios profesionales que intervienen para reconstruir el hecho a partir de lo que relata la víctima. Y se hace de un modo que no sea forzado, tratando de no revictimizar”, detalló.
La condena contra el docente
En relación al caso Navarro, el abogado recordó que fue condenado a 5 años de prisión efectiva, que terminó de cumplir en los primeros meses de este año. Sobre ese hecho, recordó que en 2020 la defensa solicitó la libertad condicional, pero la querella se opuso en representación de la familia, porque no estaban dadas las condiciones:
En concreto, el abogado explicó que el pedido se basaba solo en dos requisitos, pero el acusado no completó el tratamiento “y los informes tampoco eran favorables. Esto es fundamental, teniendo en cuenta el objetivo de reinsertar socialmente y no sólo castigar a la persona que cometió el delito, más allá de que a veces no hay condiciones o personal para llevar a cabo los tratamientos. Si no lo hacen, deben cumplir la totalidad de la condena”. En la sentencia se dictaminó además la inhabilitación para volver a desempeñarse como docente.