Ignacio Torres confirmó el envío del proyecto de ley para la implementar el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) en Chubut. Con inversiones desde 150 mil dólares, les otorgatá exenciones en tributos provinciales, además de los nacionales, para acompañar inversiones productivas, fortalecer al sector PyME y generar más empleo en la provincia.
«Las PyMEs constituyen uno de los principales motores de la economía chubutense, y nuestro compromiso es brindarles previsibilidad y competitividad para que puedan agregar valor, innovar y planificar su crecimiento a largo plazo”, aseguró el titular del Ejecutivo.
En el marco de la agenda de desarrollo productivo que impulsa el Gobierno del Chubut, el gobernador Ignacio “Nacho” Torres anunció el envío a la Legislatura del proyecto de ley para implementar el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una herramienta que contempla importantes beneficios fiscales para potenciar el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas.
Qué es el RIMI
El RIMI (Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones) es un esquema de beneficios fiscales para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) que realicen inversiones productivas en el país.
Sus beneficios centrales consisten en ventajas impositivas clave como:
- Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias: Permite deducir la inversión de forma anticipada. Para bienes muebles, se puede amortizar en 2 años (o en 1 año para ciertas inversiones promovidas), y para obras hay una reducción del 60% sobre la vida útil estimada.
- Devolución anticipada de IVA: Facilita la recuperación del saldo a favor o crédito fiscal de IVA originado por las inversiones. Si el saldo queda inmovilizado por más de tres meses, el contribuyente puede solicitar su devolución.
- En ese marco, Chubut incorporará además exenciones en el Impuesto de Sellos, el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y otros tributos provinciales.
De aprobarse la ley, las empresas alcanzadas por el RIMI accederán a beneficios tanto nacionales como provinciales, consolidando un esquema de incentivos orientado a brindar mayor previsibilidad, mejorar la competitividad y acompañar el desarrollo de nuevas inversiones en la provincia.
Para acceder, las empresas deben contar con el Certificado MiPyME vigente y cumplir con montos mínimos de inversión según su categoría (desde USD 150.000 para microempresas).
Inversión, empleo y desarrollo
Al respecto, Torres destacó que el proyecto de ley «representa una herramienta concreta para fortalecer el entramado productivo de nuestra provincia, además de generar las condiciones necesarias para que nuestras PyMEs puedan seguir creciendo, invirtiendo y generando empleo”.

Además, el mandatario aseguró que el desarrollo económico de Chubut «requiere de un Estado que acompañe a los que producen, emprenden y generan oportunidades, por eso impulsamos una propuesta que contempla beneficios fiscales y exenciones impositivas que se van a traducir en nuevas inversiones, ampliando la capacidad productiva de nuestras pequeñas y medianas empresas”.
«Las PyMEs constituyen uno de los principales motores de la economía chubutense, y nuestro compromiso es brindarles previsibilidad y competitividad para que puedan agregar valor, innovar y planificar su crecimiento a largo plazo”, remarcó el titular del Ejecutivo, concluyendo que «con reglas claras, incentivos y una articulación permanente entre el sector público y el privado, nuestra provincia tiene un potencial enorme para generar más oportunidades y seguir construyendo un horizonte productivo».
Beneficios e incentivos previstos por el régimen
El proyecto de ley remitido a la Legislatura prevé establecer un Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones realizadas en la provincia del Chubut en sintonía con Nación, «para aquellos beneficiarios del RIMI establecido por la Ley Nacional N° 27.802, en su Título XXIII, artículos 177 al 188».
La iniciativa, orientada a micro, pequeñas y medianas empresas, dispone que «aquellos beneficiarios que cuenten con la aprobación y reconocimiento de ARCA como adheridos al régimen, y que desarrollen inversiones productivas dentro del territorio provincial, podrán acceder a beneficios fiscales sobre el Impuesto de Sellos, el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y la tasa prevista por la Ley X N° 15, conforme a los requisitos que establezca la reglamentación».
Entre los beneficios contemplados se establece una exención del 100% en el Impuesto de Sellos sobre los actos e instrumentos vinculados a las inversiones realizadas en la provincia durante el período de vigencia del régimen.
Asimismo, se otorgará una exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos durante un plazo de dos años, así como una exención del 100% de la tasa prevista por la Ley X N° 15 correspondiente a cada trabajador incorporado a la plantilla laboral como consecuencia de la inversión, también por el término de dos años.
Además, el Ministerio de Producción y la Agencia de Recaudación de la Provincia del Chubut (ARECH) podrán autorizar una prórroga de hasta tres años adicionales para los beneficios fiscales previstos en la normativa.
Por otra parte, el proyecto invita a los municipios a adherir al régimen y otorgar, en el ámbito de sus competencias, beneficios fiscales para las empresas alcanzadas por el RIMI. Entre ellos, podrán contemplarse exenciones de la Tasa de Habilitación Comercial e Industrial, de la Tasa de Seguridad e Higiene, reducciones en tasas de construcción e infraestructura y exenciones vinculadas a servicios industriales.
Los Municipios deberán adherir por Ordenanza
La adhesión municipal deberá formalizarse mediante ordenanza y ser comunicada fehacientemente al Ministerio de Producción.
Por último, el Ministerio de Producción estará facultado para establecer un procedimiento específico de evaluación de los proyectos de inversión, considerando aspectos como los montos comprometidos, la cantidad de puestos de trabajo involucrados y su vinculación con sectores estratégicos para el desarrollo de Chubut. A su vez, la Agencia de Recaudación de la Provincia del Chubut (ARECH) será la encargada de evaluar y emitir el reconocimiento correspondiente para el acceso a los beneficios fiscales previstos por la ley.