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29 junio, 2020

EN ETAPA DE DISTANCIAMIENTO SE PUEDE HACER DEPORTE, SALIDAS REACREATIVAS Y CONCURRIR A RESTAURANTES

Chubut autoriza salidas y ablanda el confinamiento

El Gobierno de la Provincia estableció mediante el Decreto N° 544 la vigencia del nuevo status de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio para todas las localidades y ciudades de la Provincia del Chubut y con alcance a todos sus habitantes, determinando –entre otras cuestiones- la autorización para circular por las localidades hasta las 0 horas y dejando sin efecto la restricción de circulación urbana en base a la terminación par o impar del DNI.

Se autorizan las salidas recreativas, algunas deportivas, el funcionamiento de bares, restaurantes y confiterías hasta las 0 horas, pero se mantiene la suspensión de la realización de reuniones familiares.

 

Superado el confinamiento

 

Esta nueva medida de distanciamiento social deja atrás la de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, aunque en el mismo decreto se determina que podrá volver a restablecerse “si los indicadores y criterios epidemiológicos así lo  aconsejan en protección de la salud de la población”.

La vigencia del distanciamiento, según el decreto firmado por el gobernador Mariano  Arcioni, será hasta el próximo 17 de julio “o hasta que los criterios epidemiológicos y sanitarios verificados recomienden su modificación, suspensión o sustitución, o una norma nacional así lo disponga”.

Las autoridades locales podrán efectuar las restricciones que consideren pertinentes en atención a las particularidades de su jurisdicción y, eventualmente, suspender la autorización que se confiere o dejarla sin efecto.  Pero “no podrán exceder las flexibilizaciones establecidas por la autoridad provincial y nacional”.

 

Ingreso a Chubut

 

Se determina que están autorizadas a ingresar a Chubut “las personas que tienen su domicilio en ella; y aquellas personas que sin tener su domicilio en el territorio provincial, se encuentran autorizadas a circular por ser alcanzadas por las excepciones previstas por normas nacionales, o bien su ingreso se encuentre debidamente justificado en motivos de salud”.

También podrán hacerlo aquellas personas que deban circular por el territorio provincial a los fines de acceder a un destino final fuera de la jurisdicción de Chubut. Y se prevé que “se podrán otorgar otras autorizaciones debidamente fundadas mediante acto administrativo conjunto de los Ministros de Salud  y de Gobierno y Justicia”.

Se reitera que sin perjuicio de los permisos otorgados por la autoridad nacional, las autorizaciones para ingresar a la Provincia del Chubut, serán otorgadas “a través de la plataforma digital www.seguridad2.chubut.gov.ar, o la que en el futuro la reemplace, en el horario de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas o en el que se indique”.

 

Circulación Urbana e Interurbana

 

Se deja sin efecto lo establecido en orden al cronograma de circulación por D.N.I. y se establece que “se podrá circular dentro de los ejidos de las localidades de la Provincia del Chubut sin otra restricción que la horaria, que se fija como máxima a las 00:00 horas”.

Y quedan exceptuadas de esa limitación horaria, las personas que “deban circular como consecuencia de la actividad que desarrollan, por el tiempo prudencial que le permita concurrir al lugar de trabajo o regresar al de su residencia”.

En tanto, la circulación entre las localidades de la provincia “queda limitada a acreditadas razones de salud, y actividades y servicios esenciales o expresamente autorizados por normas nacionales y provinciales, otorgados a través de la plataforma digital www.seguridad2.chubut.gov.ar”.

 

Actividad Económica

 

Podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales, o de servicios profesionales, servicios domésticos y de cuentapartistas “en tanto no se trate de una actividad expresamente prohibida por el artículo 10 del DECNU 576/20, reiteradas en el artículo 16 del presente, y toda otra actividad que por disposición de la autoridad nacional  o provincial requiera su autorización previa”.

 

Salidas de Esparcimiento

 

En toda la provincia del Chubut, se podrán realizar salidas de esparcimiento “de manera responsable, en beneficio de su salud y su bienestar psicofísico”. Pero no se podrá  acceder ni permanecer en espacios recreativos infantiles al aire libre donde haya juegos que favorezcan el agrupamiento social, ni a instalaciones deportivas.

Actividades Recreativas y Deportivas

 

Todas las personas podrán ejercer “de manera responsable las actividades y disciplinas enumeradas en el cronograma  que mediante pautas de incorporación progresiva de disciplinas deportivas se estableció en el Anexo A, integrante del Decreto 382/2020; siempre que no impliquen una concurrencia superior a  diez (10) personas”.

También quedan restringidas “las actividades de contacto o que impliquen posible contacto”.

 

Actividades Prohibidas

 

No se pueden realizar eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a diez (10) personas; y práctica de cualquier deporte donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos (2) metros entre los participantes.

Sigue suspendido el funcionamiento de cines, teatros, clubes, centros culturales. Servicio público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados. Y también el turismo.