20 febrero, 2026
Las indagatorias comenzarán el 5 de marzo con Tapia y la AFA como entidad civil y se extenderán hasta el 9 de marzo.
Es en la causa por la retención indebida de más de 19 mil millones de pesos en impuestos y aportes previsionales.
Un día antes que fuese citado a indagatoria, el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, volvió a pedir su sobreseimiento en la causa por la retención indebida de más de 19 mil millones de pesos en impuestos y aportes previsionales.
Fuentes judiciales confirmaron que el miércoles pasado, los abogados de Tapia hicieron una presentación para que en la causa intervenga la Cámara en lo Penal Económico y que revise la decisión del juez Diego Amarante que rechazó un pedido del titular de la AFA y de la propia entidad para ser sobreseídos porque no cometieron ningún delito.
Este jueves, el magistrado aceptó la apelación y la envió a la Cámara. Ese trámite se dará en paralelo con la citación a indagatoria de Tapia, del tesorero de la AFA, Pablo Toviggino; del secretario general, Cristian Malaspina; del director general, Gustavo Lorenzo, y del ex secretario general Víctor Blanco.
Las indagatorias comenzarán el 5 de marzo con Tapia y la AFA como entidad civil y se extenderán hasta el 9 de marzo.
Junto con la citación a indagatoria, el juez Amarante les prohibió la salida del país. Esa decisión será objetada por la defensa de Tapia. “Ya tiene viajes previstos y se va a pedir autorización para que pueda viajar”, adelantó una fuente de la AFA.
ARCA solicitó la indagatoria del presidente de la AFA en función de la cifra de aportes desviados que superan los $ 19.000 millones.
Según la denuncia presentada en diciembre de 2025, la entidad habría retenido impuestos y aportes previsionales entre marzo de 2024 y septiembre de 2025 que luego no fueron depositados dentro de los plazos legales. En total, se investigan 69 hechos independientes por un monto acumulado de $19.353.546.843,85.
Los delitos encuadran en los artículos 4° y 7° del Régimen Penal Tributario, que prevén penas de dos a seis años de prisión para los agentes de retención que no ingresen al fisco los montos retenidos, cuando superan los mínimos establecidos por ley.