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5 junio, 2025

Causa Emergencia Climática en Comodoro: Condenados por corrupción podrán salir de la ciudad ‘con permiso’

Lo resolvió este miércoles el Tribunal que evaluó las medidas sustitutivas que cumplen los condenados hasta que la sentencia quede firme.

Este miércoles se concretó, por pedido del fiscal Cristian Olazabal, una nueva audiencia de revisión en el marco de la causa conocida como “Emergencia Climática I”. El representante del Estado solicitó se mantengan las medidas sustitutivas -libertad con presentaciones semanales- para Abel Boyero, Roberto Monasterolo, Javier Morales, Hernán Lobos Rosas y Cristian Pérez.

Por su parte, la mayoría de las defensas solicitaron se morigeren las medidas sustitutivas para que no sean tantas las presentaciones semanales ante la Oficina Judicial y se les permita a sus representados salir de la ciudad.

El fiscal se refirió a que el pasado 30 de diciembre de 2024 el tribunal impuso a los acusados las medidas sustitutivas de tres presentaciones semanales, más prohibición de salir de la ciudad sin previa la previa autorización correspondiente. Esto es para todos, menos para Rubén Palomeque en razón de su estado de salud. Rige para ellos la prohibición de salir del país sin autorización.

«Persiste el peligro de fuga»

“Los motivos por los cuales se les impuso la medida no han variado”, sostuvo Olazabal, acotando que la causa tiene lo que se conoce como “doble conforme”, es decir una condena de primera instancia y la confirmación de la Cámara en lo Penal. Solo resta la resolución del Superior Tribunal de Justicia provincial para que la sentencia quede firme.

“Persiste el peligro de fuga por la capacidad económica de cada uno de ellos y por las penas impuestas, todas de cumplimiento efectivo”, argumentó el fiscal.

El defensor de Morales y Lobos Rosas coincidió con el fiscal sobre el cumplimiento a rajatabla de las medidas impuestas por sus asistidos, proponiendo una morigeración de las mismas por “excesivas”, de tres a una o dos presentaciones por semana y se deje sin efecto la prohibición de salir de la ciudad para ellos.

Por su parte el defensor de Boyero expresó que el hecho nuevo es que la Cámara haya concedido el recurso (ante el STJ) de manera directa, aunque no desconoce que llega al STJ en una situación adversa. Solicitó el defensor del exsecretario de Obras Públicas que se re-examinen las medidas sustitutivas, ya que su asistido no ha desoído el mandato y existen otras medidas como presentaciones semanales y prohibición de salir del país.

El abogado de Cristian Pérez, por su parte, dijo que su asistido siempre fue a firmar y que no tiene empleo, ni capacidad económica para fugarse. Por esa razón, requirió se deje sin efecto la prohibición de salir de Comodoro y sí la de salir del país, manteniendo la presentación dos veces por semana ante la Oficina Judicial.

Tienen viajes en agenda

La defensora de Palomeque no resistió el pedido del fiscal para su asistido ya que presentó constancias médicas de su estado clínico y psíquico con un diagnóstico de “trastorno delirante crónico, con ideas místicas” y un cuadro depresivo.

Por último, el defensor de Monasterolo argumentó que no hay mayor inconveniente con seguir transitando el proceso de esta manera, no resistiendo el pedido del fiscal, pero solicitando permiso para concurrir a las ciudades de Neuquén y Buenos Aires por razones laborales.

Luego de un cuarto intermedio el tribunal se expresó de acuerdo con la proposición del fiscal de que no ha habido variaciones sustanciales de la situación procesal de los acusados en la causa, ni de los peligros procesales que justificaron el dictado de las medidas.

No obstante, consideró que con dos presentaciones semanales ante la Oficina Judicial alcanza y que podrán solicitar autorización judicial para salir de la ciudad.

Asimismo, los jueces Mariano Nicosia, Martín Cosmaro y Ariel Tedesco calificaron de “razonable” que Boyero realice un viaje a Buenos Aires por vínculo familiar.

Para Palomeque regirá la prohibición de salir del país sin previa autorización. En todos los casos, la decisión es por seis meses, o hasta que la sentencia quede firme.

*MPFCR