22 abril, 2021
Las dispuso el Senasa. Alcanza a los establecimientos exportadores de la Región Patagónica.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció hoy nuevas condiciones y requisitos para los exportadores de carna ovina a la Unión Europea (UE).
Según la Resolución 185/2021, publicada este jueves en el Boletín Oficial, se establecen «las condiciones y requisitos aplicables a los establecimientos rurales proveedores de ganado para faena de exportación con destino a la UE para la especie ovina».
A partir de ahora, los exportadores deberán inscribirse en el Registro Nacional de Establecimientos Rurales Proveedores de Ganado para Faena de Exportación con destino a la UE.
Además, los establecimientos tienen que acreditar la inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa).
En ese sentido, el Senasa advirtió que «ante la constatación de incumplimientos de las condiciones exigidas para la inscripción y/o el mantenimiento del establecimiento en el mencionado Registro Nacional, se procederá a la suspensión preventiva del mismo, sin perjuicio de las acciones administrativas que se inicien en consecuencia».
También, se dispuso que es responsabilidad del productor identificar los animales nacidos y criados en cada establecimiento.
De acuerdo con el texto oficial, los animales deben ser trasladados en forma directa a las plantas de faena en transportes habilitados por el Senasa, precintados, con Certificado de Lavado y Desinfección vigente.
Se determinó asimismo que los propietarios de animales en los establecimientos rurales «son responsables directos y solidarios por el cumplimiento de los requisitos y las condiciones previstas en la presente resolución, como también de las disposiciones de control sanitario y de identificación de ganado vigentes».
Para el Senasa, la producción ovina en la Región Patagónica «es la principal actividad pecuaria en relación con las condiciones geográficas y climáticas, adaptándose su ciclo productivo a la provisión de lana y carne».
«En vistas de las modificaciones normativas y la implementación de nuevas tecnologías aplicadas al registro y certificación de productos con destino a la UE, resulta conveniente reordenar, a tal fin, los aspectos reglamentarios para los establecimientos pecuarios previstos en la normativa vigente», justificó el organismo, que depende del Ministerio de Agricultura.
*NA