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25 mayo, 2021

Acordada: La Corte Suprema pide limitar «al mínimo posible» la atención presencial en la Justicia

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso -tras una reunión virtual- limitar al mínimo la atención al publico durante los días hábiles del confinamiento decretado por el Ejecutivo Nacional, “a fin de asegurar la protección de la salud a la par de garantizar de forma más eficiente la debida prestación del servicio de justicia”.

En el único lugar donde se reforzará la dotación de personal es en la Oficina de Violencia Doméstica que depende del máximo tribunal.

La decisión fue tomada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. La acordada se publicó esta tarde durante el feriado del 25 de Mayo Tras habilitar el día de descanso “exclusivamente a los fines del dictado de la presente acordada”

La Corte expresó que estas medidas se toman en el marco de la nueva ola de coronavirus. La acordada no hace mención al DNU que firmó el presidente Alberto Fernández y sus ministros en la noche del viernes y que empezó a regir desde el sábado pasado hasta el 30 de mayo.

“A raíz de la pandemia de coronavirus (COVID-19), esta Corte Suprema de Justicia de la Nación ha adoptado distintas medidas en el ámbito del Poder Judicial de la Nación que buscaron conjugar la prestación del servicio de justicia -indispensable aún en circunstancias como las presentes- con la preservación de la salud de las personas que lo prestan y la de aquellos que concurren a recibirlo”, dice la acordada.

El 4 de mayo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la demanda contra el decreto de necesidad y urgencia 241/2021 que, como una para mitigar la segunda ola de coronavirus, suspendió las clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

En su resolución, el máximo tribunal concluyó que, con el artículo 2 del DNU 241/2021, “se violó la autonomía” de la Ciudad.

 

*NA