La Cámara alta buscará sesionar el jueves. Punto por punto, todos los detalles del texto. También se sumaría el proyecto que habilita el pago a fondos buitres.
El proyecto de propiedad privada que quiere votar este jueves el oficialismo en el Senado elimina las restricciones para que los empresarios extranjeros puedan comprar tierras rurales y contempla los desalojos «exprés» de aquellas viviendas o terrenos que hayan sido usurpadas.
Esta iniciativa es uno de los temas centrales junto al pago de los fondos buitres que La Libertad Avanza, que conduce Patricia Bullrich, acordó con los bloques opositores dialoguistas aprobar en la sesión ordinaria del 4 de Junio.
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El oficialismo también quería incluir los 73 pliegos que ya tienen despacho, pero la decisión de vetar el pliego de Verónica Michelli por ser la cuñada del periodista Hugo Alconada Mon pone un manto de duda de que se traten las postulaciones a la Justicia.
Fuentes parlamentarias señalaron a la Agencia Noticias Argentinas que la prioridad será aprobar el proyecto que autoriza al Gobierno a pagar a esos grupos de bonistas, ya que el 30 de junio vence el plazo acordado para cumplir con ese acuerdo conciliatorio, y de «inviolabilidad de la propiedad privada».
Esa iniciativa diseñada por el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger tuvo sustanciales modificaciones ya que se eliminó el capitulo sobre cambios en la ley de barrios populares.
Como había anticipado la Agencia Noticias Argentinas, la LLA aceptó que se excluya el capítulo que establecía cambios en la ley de barrios populares; se incorporaron aspectos sobre el registro de terrenos y se reformaron artículos sobre compras de tierras por parte de extranjeros; al igual que se modificaron aspectos sobre los desalojos para dar mas plazo a los inquilinos de propiedades y de instituciones.
El oficialismo debió aceptar introducir cambios para sumar votos de los bloques aliados porque la LLA solo tiene 21 legisladores y necesita al menos 37 para poder imponer su mayoría para lograr la sanción de un proyecto.
Sobre las restricciones que tiene la actual ley de Tierras, el dictamen eliminó los topes para que empresarios extranjeros puedan comprar tierras, pero dejó en manos de las provincias la potestad de aprobar esa venta.
Otro punto central fue las reformas que introdujeron sobre los desalojos ya que se distinguió entre usurpadores e inquilinos que tienen atrasos de sus cuotas. En el caso de los terrenos o viviendas tomadas en forma ilegal se aplicará el criterio de juicio sumarísimo para desalojar esa vivienda o terreno.
En cambio en aquellos casos que se demoraron en el pago de sus obligaciones se establecerá un plazo de 10 días para intimar al moroso, en lugar de cinco como proponía el Gobierno, y otros 10 días para proceder al desalojo
Límite a la compra de tierras
El proyecto elimina los límites para que los extranjeros puedan adquirir tierras y dispone que las provincias tendrán que autorizar las ventas a extranjeros cuando no participe ningún país extranjero.
Cada provincia conservará la jurisdicción plena sobre el territorio comprendido dentro de sus respectivos límites, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Nacional.
Se prohíbe que puedan comprar tierras estado extranjeros, y otras organizaciones empresariales donde un Estado extranjero tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias o fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes o fondos de un Estado extranjero
Cómo quedan los desalojos
Se aplicará un desalojo exprés solo en los casos de que se traten de inmuebles usurpados, en tanto que en el resto de los casos se mantienen los actuales plazos de intimación.
Habrá un plazo de 10 días para intimar el pago acordado en el contrato de alquiler que se deberá hacer en en forma fehaciente.
La notificación será dirigido al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea éste real o electrónico, se tiene por válido aún si el locatario se negara a recibir la notificación o no pudiese perfeccionarse por motivos imputables a él.
Ante el incumplimiento del locatario, el locador puede iniciar la acción judicial de desalojo, la que debe sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley que son 10 días hábiles.
Las expropiaciones
La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida
El dictamen estableció que habrá tope del 30% de indemnización por lucro cesante, ya que en el proyecto original no ponía ningún porcentaje. La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor mas la tasa del Banco Nación a treinta días